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La adopción de combustibles alternativos[1] en sectores como el transporte y la industria plantea desafíos legales significativos en torno a la responsabilidad e indemnización[2]. A diferencia de los combustibles fósiles, los nuevos combustibles alternativos no cuentan con un marco regulatorio unificado que cubra incidentes como derrames o daños ambientales, lo que podría dejar a los afectados en una posición de vulnerabilidad.
En el caso del sector marítimo, el uso de combustibles alternativos exige revisar o adaptar los convenios existentes, como el Convenio HNS (Hazardous and Noxious Substances) y el Convenio Internacional sobre Responsabilidad Civil, que regulan principalmente los combustibles fósiles. Algunas propuestas sugieren crear un nuevo convenio específico para estos combustibles, dada la necesidad de protección similar a la que ya existe para los hidrocarburos. Además, expertos consideran implementar un fondo de varios niveles, que brinde indemnización en caso de daños, especialmente en situaciones donde el daño ambiental afecta a terceros
La falta de un mecanismo de protección equivalente para los combustibles alternativos plantea una paradoja: mientras que los derrames de petróleo cuentan con fondos de protección establecidos, los derrames de combustibles alternativos no tendrían una cobertura similar, lo que reduce la seguridad jurídica y financiera para las víctimas y para las empresas que buscan invertir en estas energías limpias
Por lo tanto, la regulación y la responsabilidad en este ámbito deben evolucionar rápidamente para respaldar la transición hacia una economía más sostenible y garantizar una respuesta adecuada ante posibles incidentes ambientales.
DIFERENCIAS EN CUANTO AL IMPACTO AMBIENTAL ENTRE COMBUSTIBLES FÓSILES Y ALTERNATIVOS
Existen diferencias importantes entre los combustibles fósiles y los alternativos en relación con los tipos de incidentes y el impacto ambiental de estos. Estas diferencias se deben principalmente a la composición y las características químicas de cada tipo de combustible, lo que afecta su comportamiento en caso de derrames y sus efectos en los ecosistemas.
1. Comportamiento en el agua y suelo: Los combustibles fósiles, como el petróleo crudo y sus derivados, tienden a flotar en el agua debido a su baja densidad y pueden extenderse en amplias áreas, causando daños significativos en la fauna y flora marina. Además, los componentes tóxicos de los combustibles fósiles persisten en el medio ambiente y pueden tardar años en descomponerse, afectando negativamente a largo plazo. Por otro lado, muchos combustibles alternativos, como el biocombustible de base vegetal o el hidrógeno, son menos persistentes y, en algunos casos, se disuelven o descomponen más rápidamente en el medio ambiente, lo que podría reducir el tiempo de impacto en un ecosistema afectado.
2. Toxicidad y efectos en la salud: Los combustibles fósiles suelen contener compuestos altamente tóxicos, como hidrocarburos aromáticos policíclicos (HAP), que pueden ser cancerígenos y representan un riesgo importante para la salud humana y animal. En cambio, algunos combustibles alternativos, como ciertos tipos de biocombustibles, se derivan de materias orgánicas y no contienen estos componentes, lo cual reduce su toxicidad. Sin embargo, otros combustibles alternativos como el metanol o el amoníaco, que se están evaluando como opciones en el transporte marítimo, presentan sus propios riesgos de toxicidad e inflamabilidad, aunque estos riesgos se manejan de manera diferente en comparación con los hidrocarburos.
3. Dificultades de limpieza: Las técnicas de remediación también varían. Los derrames de petróleo requieren tecnologías avanzadas de limpieza, como barreras de contención, dispersantes químicos y recuperación mecánica. En cambio, algunos combustibles alternativos permiten técnicas de limpieza menos intensivas debido a su menor persistencia, aunque, en ciertos casos, podrían exigir precauciones especiales debido a sus propiedades únicas (como el riesgo de explosión en combustibles de hidrógeno).
Estas diferencias subrayan la necesidad de desarrollar marcos regulatorios específicos y estrategias de respuesta que se ajusten a las propiedades particulares de los combustibles alternativos.
ACTUALES REGULACIONES A NIVEL INTERNACIONAL
Existen diversas legislaciones a nivel internacional y nacional que regulan el uso de combustibles alternativos y promueven su infraestructura. En la Unión Europea, el Reglamento[3] (UE) 2023/1804 establece metas para desarrollar infraestructura de recarga y repostaje de combustibles alternativos[4], con el objetivo de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero en al menos un 55% para 2030. Este reglamento también exige puntos de recarga para vehículos eléctricos y estaciones de hidrógeno a lo largo de las principales rutas de transporte para 2030, así como el suministro de electricidad en puertos y aeropuertos para reducir el uso de combustibles fósiles en estas áreas estratégicas
En Argentina[5], la Ley 27.640 regula el uso de biocombustibles, estableciendo porcentajes de mezcla obligatoria de biodiésel y bioetanol en los combustibles tradicionales. Esta ley también permite ajustes en estos porcentajes de mezcla en función de la demanda y la sostenibilidad económica y ambiental, fomentando la producción nacional de biocombustibles como una alternativa al petróleo y promoviendo inversiones en energías renovables.
En España[6], la Ley de Cambio Climático y Transición Energética (Ley 7/2021) fomenta el uso de gases renovables, incluido el hidrógeno verde y el biogás, y establece garantías de origen para asegurar la trazabilidad y el carácter renovable de estos combustibles. Además, el Real Decreto 376/2022 define un sistema de certificación para estos gases renovables, promoviendo así su integración en el sistema energético español.
NORMAS ELEMENTALES
Para implementar la responsabilidad y la indemnización en relación con los combustibles alternativos, algunas normas elementales podrían incluir:
1. Responsabilidad objetiva: Establecer una responsabilidad objetiva para las empresas que manejan, almacenan y transportan combustibles alternativos, de modo que respondan automáticamente por los daños causados, sin necesidad de probar negligencia. Esto sería similar a los marcos actuales de responsabilidad para derrames de petróleo, garantizando que cualquier daño ambiental o a terceros esté cubierto y sea indemnizado de manera rápida.
2. Fondos de compensación específicos: Crear un fondo de compensación específico para incidentes relacionados con combustibles alternativos, financiado a través de aportes de las empresas del sector. Este fondo cubriría gastos de limpieza y compensación en caso de incidentes, y sería gestionado por una entidad pública o independiente que administre estos recursos de manera transparente y eficiente. La Unión Europea ya ha implementado fondos similares en otros sectores, lo cual podría ser un referente[7].
3. Sistemas de garantías y seguros obligatorios: Imponer a las empresas de combustibles alternativos la obligación de contar con seguros específicos que cubran daños ambientales y riesgos asociados. Esto incluiría un seguro mínimo obligatorio para proteger contra derrames, explosiones o fugas, tal como se implementa en sectores de hidrocarburos y transporte de sustancias peligrosas[8].
4. Normas de trazabilidad y etiquetado: Crear un sistema de trazabilidad que garantice el origen renovable y la seguridad de los combustibles alternativos. Esto ayudaría a monitorear la cadena de suministro y asegurar que, en caso de un incidente, se pueda identificar rápidamente la fuente del problema y aplicar las responsabilidades correspondientes.
5. Estándares de infraestructura y tecnología segura: Implementar requisitos técnicos estrictos para la infraestructura y los equipos utilizados para combustibles alternativos, reduciendo el riesgo de incidentes. Esto incluiría el desarrollo de normas de seguridad específicas para el manejo de combustibles como el hidrógeno y el amoníaco, que requieren contención especial por sus propiedades inflamables y tóxicas.
6. Planes de respuesta a emergencias y colaboración internacional: Exigir a las empresas contar con planes de emergencia y procedimientos de respuesta rápida en caso de derrames o accidentes, además de coordinarse con las autoridades locales e internacionales para responder eficazmente. La colaboración y los protocolos de emergencia ayudarían a mitigar el daño, especialmente en zonas transfronterizas.
Estas normas no solo mejorarían la seguridad en el uso de combustibles alternativos, sino que también ayudarían a establecer un marco de confianza y estabilidad en el mercado, promoviendo la inversión y la adopción de estas energías con menos riesgos ambientales.
Análisis de los principales aspectos del Proyecto de Ley de Energías Renovables y Alternativas, con observaciones sobre posibles áreas de mejora y recomendaciones:
1. Objetivos y alcance del proyecto
Objetivo: El artículo 1 establece como propósito la promoción y regulación de energías renovables con un enfoque ecosocialista y de economía circular, lo cual es positivo para una transición energética sostenible. Sin embargo, puede ser útil incluir más detalle sobre metas específicas de reducción de emisiones y participación de estas energías en la matriz nacional, alineado con compromisos internacionales.
Sugerencia: Agregar objetivos cuantitativos a corto y mediano plazo, lo cual proporcionaría una base para evaluar el progreso de la ley.
2. Sujetos de aplicación (Artículo 2)
La inclusión de personas naturales y jurídicas, así como de organizaciones comunales, es un enfoque inclusivo que impulsa la participación social en el desarrollo de energías renovables.
Recomendación: Incluir incentivos específicos para que comunidades vulnerables y organizaciones comunales puedan acceder a fondos y programas de formación técnica.
3. Principios de la Ley (Artículo 4)
La inclusión de principios como la corresponsabilidad ambiental, equidad social, y la economía circular es valiosa. Estos principios enfatizan el carácter inclusivo y sustentable de la ley.
Observación: Algunos principios, como la soberanía tecnológica, podrían beneficiarse de más desarrollo, especialmente en relación con el acceso a tecnologías y la colaboración internacional.
4. Declaración de interés público y control del Estado (Artículos 9 y 10)
La ley declara de interés público y estratégico el desarrollo de energías renovables. Además, establece el control estatal sobre los recursos energéticos.
Recomendación: Precisar los alcances del control estatal y cómo se garantizarán los derechos de las empresas privadas y extranjeras involucradas, especialmente en alianzas público-privadas.
5. Creación del Fondo de Energías Renovables y Alternativas (Artículo 33)
La creación de un fondo específico es un elemento positivo para financiar proyectos, que podría ser esencial para el éxito de la ley.
Observación: Aclarar los mecanismos de acceso al fondo, los criterios para la selección de proyectos, y cómo se garantizará la transparencia y eficiencia en su administración. Esto puede incluir incentivos adicionales o subsidios específicos para fomentar la inversión privada.
6. Plan Nacional de Energías Renovables y Alternativas (Capítulo II)
Se prevé la creación de un Plan Nacional coordinado por el Ministerio de Energía. Esta iniciativa de planificación es valiosa para la implementación estructurada de la ley.
Recomendación: Incluir un marco claro de supervisión y evaluación periódica del Plan Nacional, con métricas específicas que evalúen su impacto ambiental, económico y social.
7. Registro y certificación (Artículos 27 y 31)
Se establece un Registro Nacional y requisitos de certificación para quienes presten servicios en el sector. Esto es crucial para la regulación de calidad y seguridad.
Sugerencia: Detallar los requisitos de certificación y la periodicidad de renovación, así como incluir unmecanismo de evaluación de competencias y formación continua para los profesionales registrados.
8. Incentivos y beneficios (Artículo 35)
La ley otorga facultades al Ejecutivo Nacional para otorgar incentivos, sujetos a evaluación.
Recomendación: Incluir un listado de incentivos específicos (fiscales, arancelarios, de formación) para diferentes tipos de proyectos y escalas. Esto alentaría la inversión privada y la participación de pequeñas empresas en el sector.
9. Protección ambiental y responsabilidad social (Artículos 13 y 20)
La inclusión de estudios de impacto ambiental y la promoción de participación popular son aspectos fundamentales de la ley.
Observación: Considerar la implementación de sanciones en caso de incumplimiento de normas ambientales y de seguridad, lo cual mejoraría la responsabilidad y la eficiencia en la ejecución de proyectos.
10. Conclusiones
Este proyecto de ley es un paso importante hacia la diversificación de la matriz energética en Venezuela. Para maximizar su efectividad, se sugiere añadir normas específicas sobre responsabilidad y compensación ambiental, transparencia en la asignación de fondos, y criterios claros para la evaluación de impacto de los proyectos. Además, alinearlo con metas de reducción de emisiones fortalecería su impacto en la lucha contra el cambio climático y el desarrollo sostenible.
POSIBLES NORMAS A INCLUIR
Para fortalecer el proyecto de ley en términos de responsabilidad y compensación ambiental para los combustibles alternativos y energías renovables, se podrían estudiar la inclusión de normas específicas, tales como:
1. Responsabilidad Objetiva en Incidentes Ambientales
– Norma propuesta: Establecer que los proyectos de energías renovables y alternativas estarán sujetos a responsabilidad objetiva en caso de incidentes que afecten el medio ambiente. Esto significa que los operadores y titulares del proyecto deberán responder por los daños sin importar si hubo o no negligencia, garantizando una compensación rápida a las comunidades y ecosistemas afectados.
– Justificación: La responsabilidad objetiva es común en sectores de alto riesgo ambiental, como el petróleo, y protege a las comunidades al agilizar el proceso de compensación.
2. Fondos de Compensación Ambiental
– Norma propuesta: Crear un fondo de compensación ambiental para cubrir los costos de restauración en caso de daños ecológicos causados por combustibles alternativos o energías renovables. Este fondo sería financiado por contribuciones de las empresas operadoras, basadas en un porcentaje de sus ingresos.
– Justificación: Esto garantizaría recursos disponibles para responder a daños ambientales de manera eficiente, sin depender de litigios prolongados.
3. Seguro Obligatorio de Responsabilidad Ambiental
– Norma propuesta: Exigir a todas las empresas que desarrollen proyectos de energías alternativas la contratación de un seguro de responsabilidad ambiental que cubra los costos asociados a potenciales incidentes.
– Justificación: Esta medida protegería tanto a las comunidades como al gobierno frente a daños graves, al asegurar fondos para la compensación y restauración.
4. Planes de Gestión de Riesgos y Respuesta a Emergencias
– Norma propuesta: Requerir que todos los proyectos cuenten con un plan de gestión de riesgos y respuesta a emergencias. Este plan debe incluir simulacros y protocolos específicos de intervención ante incidentes, que aseguren una acción rápida para minimizar el daño ambiental.
– Justificación: La existencia de protocolos de emergencia es esencial para mitigar daños y responder de manera eficaz ante cualquier incidente.
5. Monitoreo y Auditoría Ambiental Obligatoria
– Norma propuesta: Implementar un sistema de monitoreo continuo y auditorías ambientales periódicas a los proyectos de energía renovable, gestionado por una entidad independiente. Esto permitirá la identificación temprana de riesgos y una supervisión estricta del cumplimiento de las normas ambientales.
– Justificación: La auditoría constante permite la detección temprana de problemas y asegura que las empresas mantengan prácticas de bajo impacto ambiental a lo largo de la vida del proyecto.
6. Compensación a Comunidades Afectadas
– Norma propuesta: Establecer un esquema de compensación directa para las comunidades locales que se vean afectadas por accidentes o por el impacto ambiental acumulativo de las operaciones. Esta compensación incluiría programas de salud, reforestación y restauración ecológica en las áreas impactadas.
– Justificación: Las comunidades locales son las primeras afectadas y deben recibir apoyo directo para restaurar su calidad de vida y sus entornos naturales.
7. Responsabilidad de Restauración Post-Cierre
– Norma propuesta: Requerir a los desarrolladores de proyectos que presenten un plan de cierre que contemple la restauración del área al final de la vida útil de la instalación. Esto incluiría medidas para reforestar, limpiar, y rehabilitar el entorno afectado.
– Justificación: Este requisito asegura que, incluso al finalizar las operaciones, las empresas sean responsables de restaurar el entorno a su estado natural o a condiciones seguras.
8. Mecanismo de Contraloría Social y Participación Ciudadana
– Norma propuesta: Incluir un mecanismo de contraloría social para que las comunidades participen en la supervisión de los impactos ambientales y puedan emitir informes o quejas que deban ser atendidas por las autoridades competentes.
– Justificación: La participación ciudadana fortalece la transparencia y permite que las comunidades se sientan integradas en la supervisión de los proyectos en su entorno.
Estas normas buscan establecer un marco de responsabilidad ambiental robusto que garantice la sostenibilidad de los proyectos de energías renovables y la protección efectiva del medio ambiente y de las comunidades.
JULIO ALBERTO PEÑA ACEVEDO
Caracas, 1° de noviembre de 2024
[1] https://www.induambiente.com/secciones/noticias/combustibles-alternativos-una-solucion-de-economia-circular-ante-la-mayor-demanda-energetica
[2] https://www.mundomaritimo.cl/noticias/regimenes-de-responsabilidad-deben-adaptarse-urgentemente-a-nuevos-combustibles-y-cargas
[3] https://eur-lex.europa.eu/ES/legal-content/summary/deployment-of-alternative-fuels-infrastructure.html
[4] https://eur-lex.europa.eu/ES/legal-content/summary/deployment-of-alternative-fuels-infrastructure.html
[5] https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/247667/20210804
[6] https://www.miteco.gob.es/en/energia/hidrocarburos-nuevos-combustibles/hidrogeno/politicas-legislacion.html
[7] https://www.miteco.gob.es/en/energia/hidrocarburos-nuevos-combustibles/hidrogeno/politicas-legislacion.html
[8] https://www.miteco.gob.es/en/energia/hidrocarburos-nuevos-combustibles/hidrogeno/politicas-legislacion.html


