JURAMENTACIÓN DE LA COMISIÓN RELATORA 2001
LEY ORGÁNICA DE LOS ESPACIOS ACUÁTICOS (LOEA)
LEY ORGÁNICA DE DESCENTRALIZACIÓN, DELIMITACIÓN Y TRANSFERENCIA DE COMPETENCIAS DEL PODER PÚBLICO (LODYTCPP)
DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY ORGANICA DE TURISMO (LOT)
LEY DE MARINAS Y ACTIVIDADES CONEXAS (LGMAC)
LEY GENERAL DE PUERTOS (LGP)
LEY DE COMERCIO MARÍTIMO (LCM)
DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY DE ZONAS COSTERAS (LZC)
LEY DE FAROS Y BOYAS (LFYB)
LEY DE PESCA Y ACUICULTURA (LPA)
DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY DE PROCEDIMIENTO MARÍTIMO (LPM)
DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY DE CANALIZACION Y MANTENIMIENTO DE LAS VIAS DE NAVEGACION (LCMVN)
LEY DE REACTIVACION DE LA MARINA MERCANTE NACIONAL[1] (LRMMN)
DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY DE TASAS PORTUARIAS (LTP)
[1] Derogada según la disposición derogatoria única del Decreto N° 6.126, con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica que los Espacios Acuáticos.- Véase N° 5.890 Extraordinario de la GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, del 31 de julio de 2008
Pingback: LEYES DEL SECTOR ACUÁTICO NACIONAL | Sector Acuático Venezolano
Buenas Dr.
Soy alumno del Programa Nacional de TSU en Transporte Acuático, de la Universidad Experimental Marítima del Caribe.
respetuosamente quiero solicitar de sus buenos oficios, la interpretación del articulo 257 de la ley General de Marinas y Actividades Conexas. en cuanto a: que titulo de la Marina Mercante, debería recibir según su criterio profesional el TSU egresado de dicha Universidad.
Saludos y muchas gracias.
Estimado Jose Morales, te comento que el reconocimiento académico de TSU en Transporte Acuático otorgado por la Universidad Marítima del Caribe es un titulo de educación superior y se conduce como uno de los principales requisitos para obtener el titulo de Tercer Oficial en la especialidad de Navegación de la Marina Mercante tal como se establece en el Articulo 257 de la Ley de Marinas y Actividades Conexas.
Atte
Capt. Jose Delpino
Estimado Capt. Delpino, los grados tecnicos otorgados por las universidades no son conducentes al titulo de Tercer oficial (MM) en ninguna de sus menciones, son conducentes al titulo de Patron de Segunda; Para ser oficial de altura debe obtener el grado universitario de Ingeniero Martimo, que es el escalafon superior o siguiente al de TSU. El progama TSU en Transporte Acuatico es el nivel tecnico de La Ingenieria Maritima.
buenas tardes mi capitán de navío, ante todo un cordial saludo, somos oficiales navales cursantes de la especialización de hidrografìa, hemos creado un blog (http://hidrografia2014.wordpress.com/) donde estamos opinando todo lo relacionado a la hidrografia y leyes nacionales, nos gustaría contar con su participación para poder afianzar los conocimientos obtenidos en clase con su experiencia y conocimiento
Estimados amigos, por supuesto que si, estoy completamente a sus órdenes.
Un gran abrazo
es legal rescatar una lancha hundida sin ser dueño de la lancha
Soy estudiante de la cátedra de Derecho marítimo, y quisiera saber si la ley de comercio marítimo en relación a los seguros marítimos, fue derogada por la ley de la actividad aseguradora.
Estimado Cruz, no creo que haya sido derogada. En que institución estudias¿?¿?
buenas tardes es legal q una embaracacion a flote sea dañada y desolajada de sus tripulantes solo por que le entro agua? aun la embaracacion estaba con buen nivel de flotacion y ya la entrada de agua habia sido corregida espero su respuesta gracias
Buenos días quisiera poder conseguir el texto del
Decreto presidencial sobre los límites marinos y submarinos venezolanos
No es un decreto, son leyes aprobatorias de tratados:
TRATADOS DE DELIMITACIÓN DE ÁREAS MARINAS Y SUBMARINAS
VENEZUELA-USA CARACAS 28 MAR 78 APROBACIÓN LEGISLATIVA, 04 JUL 78, RATIFICACIÓN EJECUTIVA, JUL 78, GACETA OFICIAL Nº 2342 14 DIC 78, VIGENCIA 24 NOV 80.
VENEZUELA – REINO DE LOS PAÍSES BAJOS. CURAZAO 31 MAR 78, APROBACIÓN LEGISLATIVA 04 JUL 78, RATIFICACIÓN EJECUTIVA, 20 JUL 78, GACETA OFICIAL Nº 2342 14 DIC 78, VIGENCIA 15 DIC 78
VENEZUELA-REPÚBLICA DOMINICANA. SANTO DOMINGO 03 MAR 79, APROBACIÓN LEGISLATIVA, 14 JUL 80, RATIFICACIÓN EJECUTIVA, 26 JUL 80, GACETA OFICIAL Nº 2634 13 AGO 80, VIGENCIA 15 EN 82
VENEZUELA – FRANCIA. CARACAS 17 JUL 80, APROBACIÓN LEGISLATIVA 16 JUN 82, RATIFICACIÓN EJECUTIVA, 15 JUL 82, GACETA OFICIAL Nº 3026 07 OCT 82, VIGENCIA 28 ENE 83.
VENEZUELA – TRINIDAD Y TOBAGO. CARACAS 18 ABR 90, APROBACIÓN LEGISLATIVA 23 OCT 90, RATIFICACIÓN EJECUTIVA 25 OCT 90, GACETA OFICIAL Nº 34588 06 NOV 90, VIGENCIA 6 NOVIEMBRE 1.990
• ANTILLAS HOLANDESAS 1.100 KM. 34,8%
• USA 590 KM. 18,7%
• COLOMBIA 430 KM. 13,6%
• GRANADA 300 KM. 9,5%
• REPUBLICA DOMINICANA 210 KM. 6,6%
• TRINIDAD Y TOBAGO 120 KM. 3,8%
• FRANCIA 100 KM. 3,1%
• SAN VICENTE Y GRANADINAS 90 KM. 2,8%
• DOMINICA 80 KM. 2,5%
• SAN CRISTOBAL Y NIEVES 80 KM. 2,5%
• REINO UNIDO (MONSERRAT) 45 KM. 1,4%
• STA. LUCIA 10 KM. 0,3%
Se ha delimitado un 67 % de nuestras áreas marinas y submarinas
HASTA QUE PUNTO NUESTROS TITULOS DE OFICIALES DE MARINA MERCANTE PUDEN SER HOMOLOGADOS EN MALTA ESPAÑA GRECIA Y DEMAS PAISES O CONTINUAMOS ATRASADOS EN ESTO TENGO UN COMPAÑERO EN ESPAÑA Y LE COSTO CONSEGUIR TRABAJO POR ESTO DEBIDO A QUE VENEZUELA NO ESTABA EN CONVENIOS ENTRE PAISES PARA REALIZAR TRABAJOS CON EL TITULO SACADO EN NUESTRO PAIS QUE SABE USTED AL RESPECTO DE ESTO Y SI TIENE UN DOCUMENTO QUE YO PUEDA LEER
ATTE
CESAR HENRIQUEZ
CAPITAN ALTURA
Buenas cmte, el problemas en realidad no es la titulación, son los certificados de profesionalidad (cursos OMI) que no son reconocidos, con ellos puede solicitar la cartilla de navegación (cédula marina), pero no reconocen los embarques anteriores, la empresa puede reconocer su experiencia y asignarle el cargo que considere, al mismo tiempo, deberá tener una homologación académica, la licenciatura en ciencias náuticas fue eliminada de la formación universitaria, actualmente, existe la ing. Marina, equivalente a la ing. Marítima de la umc, y tarda bastante tipo, estuve esperando casi dos años y nada, espero le hay sea de utilidad. Un saludo
Estimado colega hay ciertos países que no aceptan la titulacion venezolana como esos países que acabas de mencionar lo único que te queda es sacar las licencias que aceptan y hacer una homologación pero a veces te vas a encontrar con alta discriminación laboral
Aparte de la explicación que da Javier Ruiz con el caso de España, es sólo para los que tienen pasaporte de la Unión Europea, Grecia pertenece a la UE. Se tiene que tener claro que los títulos y licencias para, oficiales de marina mercante serán internacionales en la medida que los países de registro abierto los reconozcan, y aún así exigen su propia documentación, libretas de navegación, licencias etc, con el costo que eso conlleva. Países con registro naval semi abierto como nosotros va a depender del contrato de fletamento en la mayoría de los, casos que tenga el buque. En países de registro cerrado sólo navegan los nacionales de ese país. En el caso se nuestra titulación, algunos países de registro abierto la reconocen sin necesidad de presentar exámenes, otros no, como el caso de Singapur e Islas Caimán, aquí interviene mucho las relaciones internacionales del Inea
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2009-10900
[19:08, 24/4/2018] +34 634 62 35 77: Leer artículo 29 y Capítulo V del Real Decreto 973/2009 por el que se regulan las Titulaciones Profesionales de la Marina Mercante Española. para conocer los requisitos para poder tramitar el Título de Capitán Español.
[19:12, 24/4/2018] +34 634 62 35 77: Posterior a la equivalencia del título de Licenciado en Ciencias Náuticas a Grado en Náutica y Transporte Marítimo se podrá tramitar los Títulos de Segundo Piloto y Primer Piloto y Si tiene una Equivalencia del Master en Transporte Marítimo o Curso el Master antes indicado podrá tramitar el Título de Capitán Español.
Les comparto los requisitos para solicitar la equivalencia del título universitario de Grado y Máster en Transporte Marítimo según el Ministerio de Educación de España como requisito previo antes de tramitar los títulos profesionales de Marina Mercante Española.
http://www.mecd.gob.es/servicios-al-ciudadano-mecd/catalogo/educacion/gestion-titulos/estudios-universitarios/titulos-extranjeros/equivalencia-educacion-superior.html
En el enlace compartido pueden verificar los requisitos para solicitar la equivalencia. El proceso puede durar mas de un año y tienen que solicitar la equivalencia de grado y Máster por separado
+34 634 62 3577 Cualquier información adicional estoy a la orden. Cap Jorge Paredes
Buenos días. El tiempo estimado para la equivalencia en el Ministerio de Educación es de un año aunque podría extenderse más, una vez obtenido la equivalencia debes presentar una prueba de Idoneidad para el Título profesional de Piloto de Segunda o Maquinista de Segunda, esas pruebas las hace un Tribunal que nombra le Dirección General de la Marina Mercante para realizar las pruebas en las Universidades donde se dictan las carreras de Náuticas, esas pruebas se hacen cada 3 meses, una vez pasada la prueba puedes tramitar el Título de Piloto de Segunda y Piloto de Primera. Si obtienes la equivalencia de Máster debes presentar una prueba de Legislación Marítima Española si cursaste el Máster en España no presentas las prueba. Es importante destacar que para obtener el título de Capitán Español te piden ser Español y para solicitar los títulos profesionales de Piloto lo puedes tramitar con el Pasaporte del país de tu nacionalidad.
kjo
Existe alguna ley o reglamento sobre Circunscripciones Acuaticas, Capitanias de Puerto y Delegaciones?
Está pendiente la reglamentación al respecto
existe alguna clasificación de Capitanías de Puerto?