De todas las opiniones aparte de los jueces, en la sentencia de la corte internacional de justicia (CIJ) del 2 de mayo de 2025, la opinión razonada del Juez ad hoc Couvreur, parece muy acertada y toca el tema de la reclasificación por parte de la CIJ, de la nueva solicitud de Guyana.
La opinión del Juez ad hoc Couvreur ofrece una perspectiva valiosa sobre los desafíos que enfrenta la CIJ al tratar con disputas territoriales y solicitudes de medidas provisionales. Su enfoque en la equidad procesal, el respeto al dominio reservado de los Estados y la necesidad de proporcionalidad en las medidas cautelares proporciona un contrapunto importante a las decisiones de la Corte.
En resumen, el análisis del Juez Couvreur revela una profunda preocupación por mantener el equilibrio entre la protección de los derechos de las partes en litigio y el respeto a la soberanía de los Estados, así como por asegurar la eficacia de las decisiones de la CIJ sin exceder los límites de su competencia.
Estas reflexiones las considero pertinentes y señalan aspectos importantes que pueden generar dudas sobre la imparcialidad de la CIJ. La tensión entre la protección de los derechos y el respeto a la soberanía, la forma en que la Corte aborda la «plausibilidad» de los derechos de cada parte, y las decisiones procesales como la reclasificación de la solicitud, son elementos clave para evaluar la objetividad y equidad del tribunal.
Resulta fundamental recordar que el análisis de la imparcialidad judicial es complejo y a menudo implica un ejercicio de interpretación y valoración de las pruebas y los argumentos jurídicos. Este análisis crítico contribuye a un debate más profundo sobre el papel de la CIJ y su capacidad para resolver disputas internacionales de manera justa y equitativa. Cada vez me convenzo más de la posición del Estado venezolano, de no reconocer la jurisdicción de la CIJ.


