En esta entrega, se diagramará el período comprendido desde la Presidencia de Antonio Guzmán Blanco y la presidencia de Juan Pablo Rojas Paúl.
CRONOLOGIA DE GUYANA-VENEZUELA
Antonio Guzmán Blanco (1879-1884)
Joaquín Crespo (1884-1886)
Antonio Guzmán Blanco (1886-1887)
Juan Pablo Rojas Paúl (1888-1890)
1879
19 de mayo, José Rojas Ministro de Venezuela en Gran Bretaña se dirige al Marques de Salisbury, reiterándole la conveniencia de fijar la frontera entre Venezuela y la Guayana Británica mediante un Tratado[1]:
“Mi Gobierno desea Mi Lord, obtener por medio de un Tratado, un arreglo definitivo de este asunto, y está dispuesto a proceder a la demarcación de una línea divisoria entre las dos Guayanas en un espíritu de conciliación y de verdadera amistad hacia el Gobierno de Su Majestad.”
1880
10 de enero, Lord Salisbury responde al Ministro Venezolano en Londres[2]:
“…El Límite que el Gobierno de S.M. reclama empieza en un punto de la Boca del Orinoco al Oeste de Punta Barima, pasa de allí en dirección meridional a las montañas de Imataca, cuya línea sigue al Noroeste, pasando de allá por las altas tierras de Santa María, precisamente al Sur del Pueblo de Upata, hasta dar con una Sierra en la margen oriental del Río Caroní, siguiendo ésta hacia el Sur hasta tocar el Gran Espinazo del Distrito de Guayana, las montañas de Roraima de la Guayana Británica, y de allí, todavía al Sur, a las montañas de Pacaraima.”
12 de abril, El Ministro Venezolano en Londres José M. Rojas le responde a Lord Salisbury, rechazando las pretensiones británicas de las Bocas del Orinoco y recordándole la proposición de Lord Aberdeen sobre la Boca del Río Moroco de 1844[3].
23 de abril, Lord Salisbury pospone las discusiones en espera del Procurador General de la Guayana Británica[4]:
“En contestación me permito manifestar que el Procurador General de la Colonia de la Guayana Británica se espera en breve en este país, y que el Gobierno de S.M. prefiere posponer la discusión de estas cuestiones hasta la llegada de aquel funcionario.”
27 de septiembre, El Ministro Rojas le escribe al Conde Granville desde la Legación de Venezuela en París, recordándole que el 24MAR1877, Lord Derby le anunció que estaban esperando al Gobernador de la Guayana Británica y que Lord Salisbury le informó el 23ABR1880 que estaban esperando al Procurador General de la Colonia de la Guayana Británica; en vista del silencio oficial británico, suponía que los viajes no se habían realizado, siendo inútil aguardar más tiempo[5]:
“Por consiguiente lo más prudente es no seguir aguardando ni al Gobernador, ni al Procurador General de la Colonia, y decidir estas cuestiones por nosotros mismos en atención a que mi gobierno se ocupa actualmente de preparar el Mapa oficial de la República y desea, como es muy natural, señalar los límites al Oriente …”
21 de diciembre, El Ministro Residente de Venezuela en Washington se dirige al Honorable W. M. Evarts, Secretario de Estado de EE.UU. informándole que el Gobierno de Demerara estaba llevando a cabo misiones sobre el Orinoco y el Caroní, denunciando la presencia de un buque de guerra y un buque mercante británico, en las Bocas del Orinoco, provistos de Postes, alambres y otros artículos telegráficos[6].
1881
31 de enero, El Secretario de Estado Evarts envía carta al Ministro Residente venezolano en U.S.A[7]:
“…el Gobierno de U.S.A no podrá ver con indiferencia que la Inglaterra tome posesión de dicho territorio por la fuerza, dado el caso que tal aparezca ser el objeto de los buques apostados en la boca del Orinoco …”
12 de febrero, Lord Granville, le responde al Ministro Rojas las cartas del 12ABR y del 27 SEP[8]:
“… el Gobierno de S. M. no puede aceptar la Boca del Moroco como frontera en la Costa, pero estaría dispuesto, sin embargo, a considerar cualquier frontera convencional que proponga el Gobierno de Venezuela empezando en un punto más septentrional de la Costa y celebraría que se le favoreciera con una indicación general de sus miras, no solo respecto de ese punto, sino también respecto de la línea general de la frontera que, en su opinión, pudiera formar una base de negociación.”
El 21 de febrero, El Ministro Rojas le responde al Conde Granville, formulando una nueva propuesta, que de no ser conveniente al Gobierno de Su Majestad; debería someterse el asunto a un Arbitraje o Tribunal Internacional[9]:
“… el Gobierno de Venezuela… propone hoy la siguiente frontera de conciliación y de mutua conveniencia para dejar definitivamente arreglado este asunto por medio de un Tratado; con el fin de demostrar la sinceridad de tales sentimientos, aceptará el punto de partida de la frontera en la Costa a una milla hacia el Norte de las Bocas del Moroco. Allí se fijará un poste que indicará el verdadero límite entre ambos países sobre la Costa. Se trazará en dicho punto un meridiano de latitud al Occidente hasta el punto en que se cruce esta línea con la longitud de sesenta grados de Greenwich, y de allí seguirá la frontera hacia el Sur por dicho meridiano de longitud hasta los confines de ambos países …Si el gobierno de S. M. considera inconveniente aceptar la demarcación propuesta… He recibido, en consecuencia instrucciones de mi Gobierno para instar al de S. M. Británica por el sometimiento de la cuestión a un Árbitro elegido por ambas Partes y a cuyo fallo se sometan ambos Gobiernos. Este mismo Arbitro podría decidir si la Isla de Patos pertenece a Venezuela o al Gobierno de Su Majestad Británica.”
15 de septiembre, Lord Granville, le escribe al Ministro Rojas no aceptando la línea de demarcación propuesta por considerarla no satisfactoria, formulando una nueva proposición[10]:
“… Se fijará el punto inicial en un sitio de la Costa del Mar, a 29 millas de longitud, precisamente al Este de la margen derecha del Río Barima, y de allí será llevado al Sur, por encima de la montaña o colina llamada en el mapa original de Schomburgk colina de Yarikita, al paralelo 8º de latitud septentrional; de allí al Oeste a lo largo del mismo paralelo de latitud, hasta que corte la línea fronteriza propuesta por Schomburgk, y asentada en el dicho mapa; siguiendo de allí el límite su curso al Acaribisi, por este hasta su unión con el Cuyuní, de allí por la margen izquierda del Río Cuyuní hasta su fuente, y de allí en dirección del Suroeste a la línea que propuso Schombugk hasta el Esequibo y el Cornetín.”
Esto significaba una frontera que correría al oeste del Esequibo, por lo que no fue aceptada por el gobierno venezolano. Las conversaciones fueron suspendidas y los ingleses siguieron ocupando la zona.
30 de noviembre, El Ministro de EE.UU. residente en Venezuela, reporta al Secretario de Estado sobre su entrevista con el Presidente de la República[11]:
“… a pesar de que los derechos de Venezuela son claros e incontrovertibles, él duda de la capacidad de ésta de defenderlos sin la ayuda alguna de nación amiga.”
1882
15 de julio. El Ministro de Relaciones Exteriores de Venezuela Rafael Seijas en memorándum rechaza la propuesta de Granville[12] (15SEP1881):
“… Venezuela no acepta la proposición hecha por Lord Granville el 15 de Septiembre de 1881, a causa de las razones apuntadas en este Memorándum; retirar toda proposición de transacción o conveniencia; y entrar de lleno en el punto de derecho para poner más y más fuera de duda el que asista a la República para reclamar el límite del Esequibo, que el Presidente sostuvo de un modo solemne en su Mensaje del 20 de febrero de 1877 con pruebas sintéticas.”
14 de noviembre, Venezuela solicita intervención de EE.UU. ante la Gran Bretaña para que acceda a la negociación de límites, comunicación dirigida a Mr. F. Frelinghuysen Secretario de Estado de EE.UU[14].
1883
31 de enero, El Secretario de Estado de EE.UU. Honorable Mr. Frederick Frelinghuysen le escribe a Mr Jehu Baker Representante de EE.UU. en Caracas[16]:
“… Y decirle que el Gobierno de los Estados Unidos, así como espera que la proposición relativa al arbitramento tenga feliz resultado, sí, con su aceptación en principio, no lo hubiera tenido ya, prestará gustoso su ayuda para inducir a la Gran Bretaña, de modo amistoso, a darle su asentimiento. Manifestará Ud también al Señor Seijas (en conferencia personal y no con la formalidad de comunicaciones escritas) que EE.UU., no obstante su firme adhesión al arbitraje para el arreglo de las disputas internacionales que afectan a los Estados Unidos, no abrigan el propósito de presentarse como árbitros de ellos; bien que, considerando tales cuestiones con imparcialidad y sin intento ni deseo de prejuzgar sus méritos, los Estados Unidos no se negarán a ejercer las funciones de juez, si a ello lo excitaran ambas partes; y que mirando dichos conflictos como esencial y distantemente americanos, preferirían siempre para su arreglo el juicio arbitral de una potencia americana al de una europea.”
15 de octubre, el Ministro británico residente en Caracas, el Coronel Mansfield se dirige al Dr Seijas Ministro de Relaciones Exteriores, exponiéndole que Lord Granville está a la espera del sucesor del Ministro venezolano residente en Londres, formulando un adelanto de sus aspiraciones[17]:
“Como preliminar a la entrada de las negociaciones, Lord Granville considera indispensable que sé de una contestación a las propuestas del Gobierno de Su Majestad en materia de límites; si la respuesta fuera afirmativa y si se arreglaren las otras cuestiones satisfactoriamente, los deseos del Gobierno de Venezuela, en cuanto a la cesión de la Isla de Patos, obtendrán favorable consideración.”
15 de noviembre, El Ministro Seijas responde al Coronel Mansfield, sobre las dificultades presupuestarias venezolanas para radicar las negociaciones en Londres y propone nuevamente la solución mediante Arbitraje[18]:
“… me ordena Su Excelencia el Presidente encarecer por el digno órgano de Vuecencia a la consideración de Lord Granville, la urgencia de la designación unánime de un Árbitro, para que de aquí a febrero puedan quedar satisfechos los amistosos propósitos de ambos Gobiernos…”
1884
29 de marzo, El Coronel Mansfield, en carta al Ministro Seijas rechaza nuevamente la proposición venezolana del Arbitraje[19]:
“Refiriéndome a la nota de V. E. del 15NOV del año pasado, tengo el honor de poner en noticia del Presidente de la República que he recibido de Lord Granville un oficio fechado el 29 de febrero en que me autoriza para decir que el Gobierno de Su Majestad, no opina que se someta a arbitramento el límite entre esta República y la Guayana Británica.”
2 de abril, El Ministro Seijas responde al Coronel Mansfield lamentando la actitud británica para el arbitraje de esta cuestión, recordando las múltiples ocasiones en que ha acogido y exaltado el Arbitraje, concluyendo[20]:
“… el Presidente me encarga de suplicarle que, sin perder de vista la situación constitucional de Venezuela, se sirve por su parte excogitar é indicar otro camino aceptable de conseguir el arreglo de esta dificultad, tan ansiado por la República.”
7 de abril, El Coronel Mansfield responde al Ministro Seijas[21]:
“Por ahora, el Gobierno de S.M. no parece opinar que el arbitramento sea aplicable a la cuestión; y confieso que Lord Granville me dé en su oficio poca esperanza de que el Gobierno de S. M. esté dispuesto a cambiar su modo de ver el caso.”
10 de junio, Lord Granville rechaza una vez mas el Arbitraje sugerido por Venezuela y por EE.UU[22].
6 de agosto, El Coronel Mansfield le transmite al General Vicente Amengual, Secretario de Estado de Relaciones Exteriores, un nuevo rechazo para el Arbitraje[23]:
“… Lord Granville me autoriza para exponer que el Gobierno de S.M. sostiene su opinión de que el arbitramento no es un modo deseable o ciertamente adecuado para tratar el asunto…”
11 de octubre, Inglaterra tomó por la fuerza la boca del Orinoco, cuando El Gobernador de Guayana Británica ordena colocar postes en la margen oriental del río Amacuro[24].
25 de octubre, El General Guzmán Blanco en entrevista con Sir Julián Pauncefote entregó un memorándum con propuesta del Gobierno venezolano[25]:
“… Venezuela propone ahora, en lugar del arbitramento de una Potencia amiga, la Sentencia de un Tribunal de derecho constituido con personas designadas por las Partes respectivamente.”
30 de diciembre, El General Guzmán Blanco propone a Lord Granville referir la cuestión de límites a un tribunal de derecho compuesto de personas elegidas por las partes[26].
1885
el Statesman Year Book publicó que la Guyana Británica comprendía una superficie de 76,000 millas cuadradas. 1886: Granville modificó los mapas originales de Schomburgk estableciendo una nueva línea limítrofe que aumentaba a 167,830 km2 la posesión británica, llegando así al Río Barima. La línea fronteriza, conocida como Rosebery, desplazó la línea divisoria y la proyectó a la propia desembocadura del Río Orinoco.
13 de febrero, Lord Granville se dirige a Guzmán Blanco rechazando la nueva propuesta venezolana[27].
6 de abril, El General Guzmán Blanco, luego de reunirse con Lord E. Fitzmaurice y Sir Julián Pauncefote, comisionado de Lord Granville, le envía un proyecto de tratado completo que incluye la necesidad del arbitramento como medio de solución amistosa[28].
15 de abril, Lord Granville conviene en la inmediata celebración de un tratado completo[29]:
“La proposición de arreglar por medio de arbitramento las cuestiones que se originen entre los dos países, tiene todo el asentimiento del Gobierno de S.M.”
Pero mostrando reservas por la manera de seleccionar los árbitros y el procedimiento de la Comisión o Tribunal de Arbitramento.
6 de mayo, El General Guzmán Blanco hace nueva proposición a Lord Granville en el sentido de dar al arbitramento un modo general en el Tratado de Amistad, Comercio y Navegación[30].
15 de mayo, Lord Granville escribe a Guzmán Blanco expresando satisfacción sobre el nuevo Tratado propuesto[31]:
“Tengo el honor de informáros en respuesta que el Gobierno de S.M. conviene en sustituir la palabra “Potencia” que ha de ser escogida por las Altas Partes Contratantes en lugar de “Arbitros”, en el artículo relativo al arbitramento y que además conviene en que la obligación de referir a arbitramento las desavenencias que se originen entre Las Altas Partes Contratantes, y no aquellas solamente que provengan de la interpretación del Tratado.”
En junio de este año, El Honorable R.G.W. Herbert, cumpliendo instrucciones del Conde Granville (Secretario de Relaciones Exteriores) ordenó que la frontera fuera corregida y que todas las copias que existieran del mapa fueran destruidas. Esta decisión explica las contradicciones entre el Anuario inglés de 1885 y el Anuario inglés de 1886. (The Stateman´s Year Book). Aspecto que en honor a la justicia plantea el Departamento de Estado de EE.UU. al Gobierno Británico, en comunicación del 24JUL1895[32].
27 de julio, Lord Salisbury sucesor de Lord Granville rechaza el convenimiento anterior[33]:
“El Gobierno de S.M. no puede convenir en el asentimiento dado por sus predecesores al artículo general de arbitramento propuesto por Venezuela, ni en la inclusión en él de materias que no sean las provenientes de la interpretación o alegada violación de este particular Tratado.”
5 de agosto, El General Guzmán Blanco se dirige a Lord Salisbury para expresarle su pesar por el fracaso de las negociaciones sobre un Tratado de Amistad, Comercio y Navegación para reemplazar los tratados de 1825 y 1834. Después de haberse convenido sobre el arbitramento con la administración de Lord Granville, ahora, el nuevo gobierno de Lord Salisbury rectifica[34].
1886
11 de junio, El Señor Charles A. Harris del Ministerio de Asuntos Coloniales Británico, se dirige al Señor E. Hertslet del Ministerio de Relaciones Exteriores, exponiéndole dudas sobre el mapa original de Schomburgk[35].
“… El Ministerio de Colonias parece tener un mapa mas o menos oficial que difiere ampliamente del mapa original de Schomburgk, y ahora hemos oído privadamente que la línea de nuestra frontera que fue oficialmente presentada como nuestro ultimátum a Venezuela no puede ser garantizada en absoluto…”
14 de junio, El Señor E. Hertslet del Ministerio de Relaciones Exteriores Británico, se dirige al Señor Jervoise expresándole preocupación por las inexactitudes de los mapas británicos[36]:
“¿Qué piensa de la carta anexa del Sr. Harris? Si el mapa que fue enviado oficialmente al Gobierno venezolano en septiembre del 81 en respaldo de nuestra reclamación es inexacto, y el mapa publicado bajo los auspicios del Ministerio de Colonias en 1875 está completamente equivocado, me temo que nuestro caso en verdad es muy pobre. Mientras más estudio este asunto, menos me gusta, lo digo entre nosotros.”
Esta preocupación explica la arbitraria proposición que hiciera Lord Granville al Ministro venezolano Rojas el 15SEP1881.
Lord Rosebery se dirige a Guzmán Blanco y le anexa memorándum con las bases para una negociación[37]:
“Se propone que los dos Gobiernos convengan en considerar los territorios situados entre las líneas limítrofes respectivamente propuestas en el párrafo 8 de la nota del Señor Rojas del 21FEB1881, y en la nota de Lord Granville del 15SEP1881, como el territorio en disputa entre los países, y que se trace una línea divisoria dentro de los límites de ese territorio, o por arbitramento, o por una Comisión Mixta sobre la base de la división igual de ese territorio, tomando en debida consideración los límites naturales. El Gobierno de S.M. da especial importancia a la posesión por la Guayana Británica del Río Guaima, y por tanto desea estipular que la línea arranque de la costa del mar, hacia el Oeste de aquel punto, hallándose debida compensación, en alguna otra porción del territorio disputado, por este desvío de la base de una división igual. Se considerará en conexión con el límite la cesión de la Isla de Patos a Venezuela. El Río Orinoco debe ser enteramente libre al comercio y navegación.”
28 de julio, Venezuela protesta la usurpación y ocupación de territorio[38]:
“Colocaron nuevamente postes, fijaron carteles, cambiaron empleados de la República sustituyéndolos con otros de su propia elección e intentaron poner bajo su servicio a funcionarios venezolanos.”
Carta del General Guzmán Blanco para el Conde Rosebery solicitándole la remoción de los postes, retiro de los funcionarios ingleses, explicaciones, anulación del proceso judicial y el restablecimiento al estado anterior.
29 de julio, El General Guzmán Blanco, desilusionado por haber pasado dos años, tratando infructuosamente de resolver los asuntos pendientes con Gran Bretaña, escribe a Lord Rosebery[39]:
“… Sólo me resta manifestar mi pena de ver dos años de tan bien intencionados, tan sinceros, tan amistosos esfuerzos, no hayan producido el efecto que de ellos se esperaba, y que regreso a mi patria con el desconsuelo de dejar las cuestiones pendientes como estaban antes …”
“Por conclusión, Venezuela reivindica hoy, como reivindicó antes, especialmente en el Mensaje de 1877, sus derechos hasta el Esequibo … Respecto a la isla de Patos, se ha probado que, a causa de su mayor proximidad a la costa de la República que a la Inglesa, y por otras razones, es de pertenencia de ella y no de la Gran Bretaña …”
5 de agosto, Memorándum del Señor E. Hertslet del Ministerio de Relaciones Exteriores Británico, expresando dudas e inseguridad para la causa británica, el sometimiento del problema limítrofe a un Arbitraje[40]:
“… Yo diría que nosotros no podemos presentar el caso a arbitraje ni siquiera con pequeñas esperanzas de éxito, dadas las contradictorias líneas que hemos reclamado, presentadas en los mapas públicos ingleses …”
Además de explicar la renuencia por el Arbitraje, también se explica las alteraciones intencionales y carentes de justificación en los mapas presentados a partir de 1840. Este hecho corrobora la apreciación que el Secretario de Estado Richard Olney de EE.UU. le expusiera a su colega británico Lord Salisbury por intermedio del Embajador de EE.UU. en Londres Thomas Bayard, en un extenso Memorándum del 20JUL1895.
21 de octubre, En la Gaceta de Londres se publica un aviso de la Oficina Colonial del Gobierno Británico, advirtiendo que un mapa señalando los límites entre la Guayana Británica y Venezuela reclamados por el Gobierno de Su Majestad, pueden verse en la Biblioteca de la Oficina Colonial, Dowing Street en la Oficina de la Secretaría de Gobierno, en Georgetown. Mapa que más tarde en 1887 el gobierno británico publica como la nueva “Línea Schomburgk expandida”; declarando que esta nueva línea había sido siempre el término de referencia. Consta que el Foreing Office no conocía la existencia de esta línea hasta junio de 1886. Gran Bretaña declara a los pocos meses, que esta línea es de estricto derecho y avanza en su aspiración hasta cerca de Upata[41].
7 de diciembre, El Ministro de Relaciones Exteriores de Venezuela solicita al Ministro inglés residente en Caracas Mr F. Saint John informes y antecedentes sobre los excesos británicos en Barima, Amacuro y Boca del Orinoco[42].
24 de diciembre, Jesús Muñoz Tebar y Santiago Rodríguez, Comisionados del Presidente de la República para la reorganización de los Comisarios en los Distritos Amacuro, Barima y Guaima, que forman parte del Territorio del Delta se dirigen a Francis Stephen Neames y George Jeffry Comisarios Rurales de Policía de la Guayana Británica[43]:
“…. El Territorio comprendido entre los ríos Amacuro y Guaima es venezolano y jamás se ha considerado en disputa con Inglaterra, y por consiguiente tal acto de nombrar en estos lugares a Agentes Oficiales de la Colonia Inglesa es una manifiesta usurpación contra la cual protestamos a nombre del Gobierno de Venezuela.”
24 de diciembre, Francis Stephen Neames y G. Jeffry responden la nota de Muñoz Tovar, y Santiago Rodríguez; informando que Neames ha estado ejercitando desde el 01MAR1885 y Jeffry fue designado el 06SEP1886[44].
1887
1º de enero, Los Comisionados Jesús Muñoz Tebar y Santiago Rodríguez, después de haber restituido las autoridades venezolanas en Barima, Aruca, Guaima y Morajuana; a bordo del vapor Centenario, fondeado en el río Demerara, frente a Georgetown elaboran el Acta Nº 14 y se la dirigen al Cónsul venezolano Manuel L. Andrade, solicitando sea transmitida al Gobernador de la Colonia[45].
4 de enero, El Ministro venezolano residente en EE.UU. informa al Secretario de Estado Bayard que su gobierno ha tratado de convenir con Londres un arbitraje como lo sugirió EE.UU. Sin embargo, la conducta británica ha sido la de avanzar en sus conquistas y consolidaciones territoriales[46].
8 de enero, el Cónsul Manuel Andrade en carta de respuesta confirma las usurpaciones británicas[47]:
“… Hoy en día ya se hallan constituidas autoridades en los puntos más importantes del territorio usurpado, especialmente en el Distrito de las minas, situado entre los ríos Cuyuní, Esequibo, Mazaruni y Puruni, en donde se halla actualmente una población minera de tres a cuatro mil hombres.”
Además le añade copia de la respuesta del Secretario del Gobernador de la Colonia Charles Bruce, fechada el 06ENE1887.
“En contestación a la nota de usted, tengo orden de referirme al aviso fechado el 21ºCT1886, y publicado en la Gaceta de Londres por orden del Gobierno de S.M., del cual incluyo una copia, y de manifestar que los Distritos a que se refiere la nota oficial que usted acompaña están incluidos en los límites que establecen los términos de dicho aviso y forman parte de la Colonia de la Guayana Británica.”
26 de enero, Protesta del Gobierno venezolano contra usurpación británica del territorio venezolano[48]:
“En mérito de lo expuesto, el Presidente de la República reclama de S.M.B. la evacuación del territorio venezolano desde las bocas del Orinoco hasta el Pomarón, que indebidamente ella a ocupado; en la inteligencia de que, si para el 20 de febrero próximo, época de la reunión del Congreso, á quien el Gobierno debe dar cuenta de todo, no se hubiere contestado, ó se hubiere contestado negativamente, desde entonces quedarán cortadas las relaciones diplomáticas entre los dos países.”
31 de enero, El representante británico F.R. Saint John responde al Ministro Diego B. Urbaneja; negando el carácter oficial de la solicitud de construcción del faro en Punta Barima; pero que como gesto del Gobierno Británico[49]:
“… dará su consentimiento para la construcción de un faro en Punta Barima bajo la condición de que se haga un convenio entre los Gobiernos en cuanto a la cantidad de terreno que se ocupa para dicho objeto, y de que el Gobierno de Venezuela se compromete formalmente por escrito a que la colocación del faro no perjudicará en nada a la reclamación de la Gran Bretaña sobre el territorio en disputa, del cual es parte Punta Barima, ni se interpretará más tarde como prueba de derecho de ninguna especie por parte de Venezuela sobre Punta Barima, ni de asentimiento de la Gran Bretaña a semejante suposición.”
31 de enero, El Ministro Urbaneja responde enérgicamente las consideraciones del representante británico F.R. Saint John[50]:
“… Venezuela nunca ha considerado controvertido el territorio entre el Pomarón y el Amacuro, sino el situado entre el Pomarón y el Esequibo….El Presidente no se somete, para la construcción del faro en Punta Barima, a las condiciones que se le presentan… el Presidente de la República me ha prescrito renovar formalmente la demanda contenida en mi nota del 26 de este mes, sobre evacuación de todo el territorio ocupado y detenido por la Gran Bretaña, sin derecho ninguno y con infracción de los derechos de Venezuela, desde el Amacuro hasta el Pomarón, para el 20 de febrero en que se reúne el Congreso …”
8 de febrero, El Secretario de Estado de EE.UU., imparte instrucciones al representante de EE.UU. en Londres para que ofrezca formalmente los buenos oficios de los Estados Unidos en la controversia limítrofe con Venezuela. Proposición que fue rechazada por Lord Salisbury[51].
Luego de infructuosas negociaciones con las autoridades inglesas, que seguían colocando postes en territorio nacional con el lema «Victoria Regina» de manera malintencionada, además de establecer autoridades cerca del Río Amacuro y en Morajuana, para este entonces, fue en esta época cuando se produjo la mayor demanda británica la Línea Schomburgk abarcaría 204.350 kms2, e incluía a pueblos venezolanos como Tumeremo, Guasipati, El Dorado y El Callao.
El 26 de enero, Antonio Guzmán Blanco, informado por su comisionado Jesús Muñoz Tébar de la continua penetración británica en territorio venezolano, exigió al gobierno británico, el inmediato retiro de su gente de las bocas del Orinoco y su repliegue al Río Pomerún, manteniendo así el statu quo de 1850.
El 20 de febrero, el General Antonio Guzmán Blanco rompe relaciones diplomáticas con la Gran Bretaña. Venezuela suspende Relaciones Diplomáticas con Gran Bretaña[52]:
“En consecuencia, Venezuela, no debiendo conservar amistosas relaciones con un Estado que así la injuria, las suspende desde este día. Y protesta ante el Gobierno de Su Majestad Británica, ante todas las naciones civilizadas, ante el mundo en general, contra los actos de despojo que en su detrimento ha consumado el Gobierno de la Gran Bretaña, y que en ningún tiempo ni por ningún motivo reconocerá como capaces de alterar en lo más mínimo los derechos que ha heredado de España, y sobre los cuales siempre estará pronta a someterse al fallo de una tercera potencia.”
Entre las razones alegadas por Venezuela para el rompimiento diplomático, caben destacarse las siguientes:
- a) Negativa británica a reparar 108 agravios;
- b) Continuas y reiteradas violaciones al territorio venezolano;
- c) Actitud inglesa de decidir por sí misma cuestiones que competían a ambas naciones;
- d) Por declararse dueño del Orinoco y apoderarse del caño Barima;
- e) Negativa británica en aplicar el arbitraje adoptado en 1827 y 1871 para solucionar cuestiones de límites con los Estados Unidos de América;
- f) Violación del Acuerdo de 1850 que garantizaba la no extensión del territorio disputado;
- g) Oposición británica al establecimiento de un faro en Punta Barima por parte de Venezuela;
- h) Incesantes e ilegales avances desde el Esequibo al Pomarón, al Moroco, al Guaima, al Barima y al Amacuro, y
- i) Por haber «vulnerados los derechos de la soberanía e independencia de Venezuela, privándola de la más santa e inviolable de las propiedades de una nación, a saber, la de su territorio».
Además de esta acción diplomática, Venezuela realizó un gran esfuerzo desde el punto de vista militar ya que, por un lado, se vio obligado a frenar el avance de Gran Bretaña y, por el otro, evitar una posible invasión del territorio, como se vislumbraba.
4 de mayo, El Ministro venezolano residente en Washington, informado por el Gobierno de EE.UU. del fracaso de esa gestión, dirige nota al Secretario de Estado Bayard agradeciendo las gestiones norteamericanas[53].
7 de octubre, El Comandante de las Fuerzas Navales de S.M. en las Indias Occidentales amenaza al Gobierno de Venezuela[54].
31 de diciembre, El Gobernador de la Guayana Británica en una infundada pretensión territorial, objeta la construcción del ferrocarril Ciudad Bolívar-Guasipati por considerar que está diseñado sobre “territorios y tierras que están dentro de la Guayana Británica.” Amenazando con la fuerza dichas concesiones venezolanas[55].
1888
17 de febrero, El Secretario de Estado de EE.UU. Bayard al conocer las pretensiones británicas sobre el territorio venezolano Ciudad Bolívar-Guasipati le da instrucciones al Ministro de U.S.A en Londres para que manifieste a Lord Salisbury la preocupación del Gobierno de U.S.A ante tales pretensiones[56]:
“… no se ve de qué manera una línea de ferrocarril de Ciudad Bolívar a Guasipati pueda atravesar el territorio dominado por Gran Bretaña… Si, a la verdad, resultase que no hay límite fijo a la frontera reclamada por la Gran Bretaña, nuestra voluntad a fin de ayudar a un acomodamiento, no solo podría ser anulada, sino que es posible diera lugar a un sentimiento de grave alarma.”
15 de junio, Inglaterra ocupa Punta Barima . El Gobierno de la Guayana Británica había creado el Distrito del Noroeste, incluyendo el territorio venezolano de Barima. Venezuela denuncia esta nueva agresión[57].
23 de octubre, El Ministro de Brasil en Londres, Barón de Penedo, presenta al Marqués de Salisbury un Proyecto de Protocolo para establecer los límites entre la Provincia brasileña de Amazonia y la Guayana Inglesa[58]:
“Art. 1 Cada uno de los dos Gobiernos designará una Comisión integrada por un Comisario y dos Adjuntos.
Art. 3 La Comisión Mixta reconocerá el territorio comprendido al Norte, entre las fuentes del Mahú y el Rupunuri, y al Sur, entre las fuentes del Tacutu y el Rupunuri; también explorará los territorios que circundan a estos ríos.
Art. 6 El Gobierno Imperial declara que esta convención no tiene intención alguna en perjudicar los derechos que pudieran alegar los Estados Unidos de Venezuela con relación al territorio comprendido entre el Rupunuri y el Esequibo.”
28 de octubre, nueva Protesta del Gobierno venezolano contra usurpación británica del territorio venezolano[59].
1889
4 de diciembre, El Gobierno de Demerara emite un decreto declarando a Barima, como Puerto Colonial Británico y fundando una estación de policía[60].
10 de diciembre, Protesta del Gobierno venezolano por la declaración de Barima como puerto colonial inglés y el establecimiento de una estación de policía[61].
1990
10 de enero, Modesto Urbaneja, con Plenos Poderes otorgados por el Presidente de la República se dirige a Lord Salisbury participándole los deseos del Gobierno de Venezuela de reanudar relaciones diplomáticas[62].
10 de enero, Sir T.H. Anderson se dirige a Modesto Urbaneja mediante un Pro-Memoria que señala las condiciones que Lord Salisbury considera necesarios para un arreglo satisfactorio de las cuestiones pendientes con Venezuela[63]:
“1º… el Gobierno de S.M. no podía aceptar satisfactorio ningún arreglo que no se admita como propiedad inglesa el territorio comprendido dentro de la línea demarcada por Sir R. Schomburgk. Estaría dispuesto a someter a arbitramento la reclamación de la Gran Bretaña a ciertos territorios al Oeste de dicha línea…”
13 de febrero, Modesto Urbaneja se dirige a Sir T.H. Sanderson del British Foreign Office, efectuando comentarios sobre el Pro-Memoria, calificándolo de condiciones más desfavorables a Venezuela[64]:
“… el actual Pro-Memoria de Lord Salisbury es mucho más adverso a Venezuela que las proposiciones hechas por los muy Honorables Señores Clark y Lowther a mi antecesor…”
REFERENCIAS:
http://bibliografilaguayanaesequibacom.blogspot.com/2011/12/los-papeles-de-alejo-fortique.html
http://esequibonuestro.blogspot.com/2011/10/el-laudo-arbitrario-de-paris-3-de.html
http://www.scielo.org.ve/scielo.php?pid=S1012-25082002000100006&script=sci_arttext
[1] Fuente: The Case of the United States of Venezuela Before the Tribunal of Arbitration, pag. 215.
[2] Fuente: Ibid, pag 217.
[3] Fuente: Ibid, pag. 218.
[4] Fuente: M.R.E., Colección Fronteras, Tomo 6, pag. 45.
[5] Fuente: Ibid,.pag. 46.
[6] Fuente: Ibid, pag. 229.
[7] Fuente: Ibid, pag. 229.
[8] Fuente: Ibid, pag. 46.
[9] Fuente: Ibid, pag. 47.
[10] Fuente: M.R.E, Colección Fronteras, Tomo 6, pag. 50.
[11] Fuente: Grover Cleveland, La Controversia Limítrofe Venezolana, 1901, pag. 142.
[12] Fuente: M.R.E., Colección Fronteras, Tomo 8, pag. 218.
[13] Fuente: M.R.E., Colección Fronteras, Tomo 6, pag 53.
[14] Fuente: M.R.E, Colección Fronteras, Tomo 6, pag. 230.
[15] Fuente: Ibid, pag. 231.
[16] Fuente: Ibid, pag. 231.
[17] Fuente: M.R.E., Colección Fronteras, Tomo 6, pag 53.
[18] Fuente: Ibid, pag 56.
[19] Fuente: Ibid, pag. 59.
[20] Fuente: Ibid, pag. 61.
[21] Fuente: Ibid, Pag. 61.
[22] Fuente: Grover Cleveland, La Controversia Limítrofe Venezolana, 1901, pag. 134.
[23] Fuente: M.R.E., Colección Fronteras, Tomo 6, pag. 66.
[24] Fuente: Ibid, pag. 239.
[25] Fuente: M.R.E., Colección Fronteras, Tomo 6, pag. 66.
[26] Fuente: Ibid, pag. 68.
[27] Fuente: Ibid, pag. 70.
[28] Fuente: Ibid, pag. 70.
[29] Fuente: Ibid, pag. 73.
[30] Fuente: Ibid, pag 75.
[31] Fuente: M.R.E., Colección Fronteras, Tomo 6, pag. 78.
[32] Fuente: Public Record Office (London) F.O. 80/373, citado por M.R.E. La Reclamación Esequiba, Documentos, Caracas 1984, pag. 178.
[33] Fuente: M.R.E., Colección Fronteras, Tomo 6, pag 98.
[34] Fuente: Ibid, pag, 99.
[35] Fuente: Public Record Office (London) F.O. 80/309, citado por M.R.E., La Reclamación Esequiba, Documentos, Caracas 1984, pag. 178.
[36] Fuente: Public Record Office (London) F.O. 80/309, citado por M.R.E., La Reclamación Esequiba, Documentos, Caracas 1984, pag. 179.
[37] Fuente: M.R.E., Colección Fronteras, Tomo 6, pag. 105.
[38] Fuente: The Case of the United States of Venezuela before the Tribunal of Arbitration, pag. 234.
[39] Fuente: M.R.E., Colección Fronteras, Tomo 6, pag. 107.
[40] Fuente: Public Record Office (London) F. O. 80/310, citado por M.R.E., La Reclamación Esequiba, Documentos, Caracas 1984, pag. 179.
[41] Fuente: M.R.E., Colección Fronteras, Tomo 6, pag 154.
[42] Fuente: Ibid, pag. 128.
[43] Fuente: Ibid, pag. 144.
[44] Fuente: Ibid, pag. 144.
[45] Fuente: Ibid, pag 150.
[46] Fuente: Grover Cleveland, La Controversia Limítrofe Venezolana, 1901, pag. 145.
[47] Fuente: M.R.E., Colección Fronteras, Tomo 6, pag. 153.
[48] Fuente: Ibid, pag. 155.
[49] Fuente: Ibid, pag. 161.
[50] Fuente: Ibid, pag. 162.
[51] Fuente: Grover Cleveland, La Controversia Limítrofe Venezolana, 1901, pag. 145.
[52] Fuente: M.R.E., Colección Fronteras, Tomo 6, pag. 167.
[53] Fuente: Grover Cleveland, Op cit, 1901, pag. 146.
[54] Fuente: Hernández Dilio, Op.cit, Tomo I, pag. 31.
[55] Fuente: M.R.E., Colección Fronteras, Tomo 6, pag. 251.
[56] Fuente: Ibid, pag. 252.
[57] Fuente: Ibid, pag. 279.
[58] Fuente: Obras do Barâo do Río – Branco, Op cit, pag. 152.
[59] Fuente: M.R.E., Colección Fronteras, Tomo 6, pag. 279.
[60] Fuente: Ibid, pag. 25
[61] Fuente: Ibid, pag. 253.
[62] Fuente: The Case of the United States of Venezuela Before the Tribunal of Arbitration, pag. 273.
[63] Fuente: M.R.E., Colección Fronteras, Tomo 6, pag. 175.
[64] Fuente: Ibid, pag. 176.