Décima Primera entrega, “Las Raíces del tema de los diferendos”.#SectorAcuatico

Décima  Primera entrega, “Las Raíces del tema de los diferendos”

En esta entrega, se diagramará el período comprendido desde la Presidencia de Eleazar López Contreras y  la presidencia de Edgard Sanabria.

 punto bifinio Brasil Venezuela

Hito fronterizo en el Monte Roraima. Para Venezuela representa un punto bifinio de su frontera con Brasil, mientras que para Guyana representa un punto trifinio entre los tres estados. Según la tesis venezolana el punto trifinio de los tres países se encuentra en el nacimiento del río Esequibo, aproximadamente en el punto 01°27′20″N 58°29′48″O.

CRONOLOGIA DE  GUYANA-VENEZUELA

Eleazar López Contreras (1935-1941)
Isaías Medina Angarita (1941-1945)
Rómulo Betancourt (1945-1948)
Rómulo Gallegos (1948)
Carlos Delgado Chalbaud (1948-1950)
Germán Suárez Flamerich (1950-1952)
Marcos Pérez Jiménez (1952-1958)
Wolfgang Larrazábal (1958)
Edgard Sanabria (1958-1959)

1936

14 de agosto, EL Gobierno de Venezuela comunica al Honorable Señor John P. Mac Gregor, Encargado de Negocios Ad Interin de Gran Bretaña que el poste situado en la orilla derecha del Río Barima frente a la desembocadura del Caño Mururuma, indicativo de la frontera entre Venezuela y la Guayana Inglesa, había desaparecido[1].

El Dr. E. Gil Borges, Ministro de Relaciones Exteriores de Venezuela, comunica en Nota 820[2], al Honorable Señor John P. Macgregor Encargado de Negocios, a.i. de Gran Bretaña:

“que uno de los postes indicativos de la frontera entre Venezuela y la Guayana Inglesa había desaparecido, y que, según los informes recibidos, (del Ministerio de Relaciones Interiores oficio de fecha 18MAY1936) el mencionado poste era el situado en la orilla derecha del Río Barima, frente a la desembocadura del Caño Mururuma”.

 Por lo cual invita al Gobierno de Su Majestad Británica a participar en la reposición del poste destruido.

1937

17 de febrero, El Representante de la Legación Británica Señor Ernest F. Gye’s en referencia a la Nota Nº 820 de fecha 14AGO1936, remitida por el Ministro de Relaciones Exteriores de Venezuela, responde en nota Nº 811 que[3]:

“Inmediatamente informé al Gobierno de la Guayana Británica del asunto y acabo de recibir su contestación en la cual informa que, investigado el caso, ha encontrado el Comisionado del Distrito Noreste que el poste fronterizo (es decir, la marca permanente de la frontera) en la ribera derecha del río Barima se halla en perfectas condiciones. La señal de madera en esa orilla del río, sin embargo, se ha caído y la base está todavía en su posición y marca el sitio. Esta señal no es una marca permanente que defina la frontera, sino que, con otra señal de madera colocada cerca de la orilla izquierda del río, en la boca del Caño Mururuma indica a los viajeros el cruce de la línea fronteriza con el río Barima. La señal de la orilla izquierda también necesita reparaciones. En estas circunstancias, lo único que parece necesario es que un oficial responsable del Gobierno erigiera otra señal de madera en la margen derecha del río Barima en línea recta con las marcas permanentes fijadas por la Comisión Demarcadora y reparar la otra señal que está en posición. Aunque el costo sería pequeño, es presumible que el Gobierno de Venezuela, conforme a los usos corrientes, lo compartirá por igual con el Gobierno de la Guayana Británica.”

 4 de octubre, El Encargado de Negocios a.i. británico, reitera en nota Nº 65, que[4]:

“… sí el Gobierno de Venezuela conviniere en el procedimiento de que un oficial responsable del Gobierno de las Guayana Británica erigiera otra señal de madera en la margen derecha del río Barima en línea recta con las marcas permanentes fijadas por la Comisión Dermarcadora y reparar la otra señal que está en posición.”

 Este planteamiento había sido expuesto en la Nota Nº 811 de fecha 11FEB1937.

7 de octubre, El Ministerio de Relaciones Exteriores de Venezuela, responde a la Nota Nº 65 de fecha 04OCT1937, emitida por el representante de la Legación Británica[5]:

“… mi Gobierno designará un ingeniero adscrito al Servicio de Fronteras del Ministerio de Relaciones Exteriores, para que intervenga junto con la personal que designe el Gobierno de la Guayana Británica, en el restablecimiento del poste que ha desaparecido y en la reparación del que se ha deteriorado en la frontera entre Venezuela y la Guayana Británica.”

1938

5 de marzo, El Representante de la Legación Británica, Ernest F. Gye’s, responde en Nota Nº 22 al Ministro de Relaciones Exteriores de Venezuela Dr. E. Gil Borges, que[6]:

“He recibido una comunicación de su Excelencia el Gobernador de la Guayana Inglesa, respecto a que ha designado al Señor De Freita, Comisionado del Gobierno, para restituir dichas marcas con un funcionario del Gobierno Venezolano”. “Sir Wilfed Jackson pregunta si sería posible que el funcionario se reuniese con el Señor De Freita entre los días 1 al 13 de abril.”

 11 de marzo, El Dr. Gil Borges, Ministro de Relaciones Exteriores de Venezuela informa al Señor Ernest F. Gye’s Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de Gran Bretaña que[7]:

“El Comisionado Venezolano que intervendrá en esa obra se encontrará en la segunda semana de Abril en Puerto España, donde podrá reunirse con el Señor De Freida y determinar con él los detalles de la operación, si la fecha y el lugar de la reunión son del agrado del Gobierno de V.E.”

 21 de marzo, Comunicación del Dr. Gil Borges, Ministro de Relaciones Exteriores de Venezuela, dirigida al Sr Ernest F. Gye’s Representante del Gobierno Británico, informándole que ha designado al Dr. Luis Morales Padilla; Comisionado por Venezuela para la reposición del poste en el río Barima[8].

5 de mayo, Informe presentado por el Dr. Luis Morales Padilla al Ministro de Relaciones Exteriores, relativo a la reposición de los postes fronterizos que habían desaparecido en la confluencia del río Mururuma con el Barima[9].

 1941

Durante las pasadas tres décadas Venezuela, así como el Reino Unido y el resto del mundo, consideró la decisión de Arbitraje como “un arreglo pleno, hecho y derecho y conclusivo”.  Aun así, durante las primeras cuatro décadas del siglo XX, en el corazón de cada Venezolano se considera la decisión del Laudo como un «doloroso recuerdo» y pedía a Gran Bretaña reparar la deuda histórica con Venezuela que siempre respetó sus mandatos.

1944

 26 de enero, Discurso pronunciado por el Embajador de Venezuela Dr. Diógenes Escalante con ocasión del agasajo ofrecido por la Pan American Society y la Cámara de Comercio Venezolana en los Estados Unidos, en la Ciudad de Nueva York[10].

“…Venezuela, víctima de sus disturbios internos y de su debilidad, estuvo prácticamente sola en su defensa. En aquel negro instante sólo una voz amiga, además de la suya propia, se alzó en su defensa: la de Severo Mallet-Prevost. Fue aquella una voz fuerte y docta, pero una sola en el proceso arbitral.

Nombrado primero, por el Presidente Cleveland, Secretario de la Misión Americana designada para tomar parte en el Arbitraje, fue luego el Consejero Legal de Venezuela, cuando se presentó el caso al Tribunal de Arbitraje de París. Fue la suya una buena defensa, aunque infructuosa; pero nosotros jamás hemos olvidado su amistad y su interés por nuestra causa.

Nosotros hemos aceptado el veredicto de ese arbitraje (03OCT1899) que tan persistentemente perdimos; pero en el corazón de cada venezolano hay una esperanza imperecedera de que algún día prevalecerá en el mundo el espíritu de la equidad y que éste nos traerá la reparación amistosa que en justicia y moralmente se nos debe …”

 1° de febrero, EL Dr. Mallet-Prevost confiesa al Dr. Otto Schoenrich, que se habían sentido molestos a causa de la presión ejercida sobre ellos, durante el final de las audiencias del Tribunal en 1899. En consecuencia el Dr. Schoenrich recomienda que escriba un relato del incidente, para ser publicado después de su muerte, si él no deseaba que se publicase antes[11].

30 de junio, En sesión de esa fecha el Presidente de la Cámara de Diputados, Dr. José A. Marturet exige la revisión de las fronteras venezolanas con la Guayana Inglesa[12].

17 de julio, En la sesión de clausura, el Presidente del Congreso Dr. Manuel Egaña, confirma y reitera el anhelo de revisión de la Sentencia por la cual el imperialismo inglés nos despojó de una gran parte de nuestra Guayana[13].

18 de julio, Las Comisiones Permanentes de Política Exterior de las Cámaras Legislativas se manifiestan sobre la necesidad de revisar el Laudo de 1899[14].

1948

Durante la IX Conferencia Interamericana de Bogotá, Rómulo Betancourt Jefe de la Delegación venezolana deja constancia de las aspiraciones venezolanas reivindicativas de la Guayana Esequiba[15]:

“Al propugnar el principio de autodeterminación de los pueblos coloniales para decidir acerca de su propio destino, no negamos en forma alguna el derecho de ciertas naciones de América a obtener determinadas porciones de territorio hemisférico que en justicia les puedan corresponder; ni renunciamos a lo que los venezolanos, llegado el caso de una serena y cordial revalorización histórica y geográfica de la americana, pudiera hacer valer en pro de sus aspiraciones territoriales sobre zonas hoy en tutelaje colonial y que antes estuvieron dentro de nuestro propio ámbito …”

 10 de diciembre, Muere en Nueva York el Dr. Mallet-Prevost[16].

1949

Se da a conocer el Memorandum de Severo Mallet Prevost[17] es un documento que termina de confirmar las dudas venezolanas acerca de la naturaleza de la decisión del Laudo, el cual fue una componenda para robar territorio a Venezuela. A partir de este año, al conocerse el contenido del documento, una comisión del MRE se dedicaría a recabar información oficial relacionada con tribunal de 1899. Mallet Prevost formó la Comisión Cleveland en 1896, para investigar la verdadera frontera con la Gran Bretaña, y en la cual se le obligó a firmar el Tratado de Washington un año después. Por eso los árbitros norteamericanos siempre lo consultaban en sus decisiones. Mallet Prevost consideraba que Venezuela debía conservar las bocas del Orinoco, se beneficiaba pues Inglaterra deseaba este territorio, considerada «la puerta de Sudamérica». Desde la decisión del tribunal, Mallet Prevost se sintió indignado y hay muchas cartas que así lo afirman[18].  Dio órdenes de publicarlo después de su muerte y el de los integrantes del tribunal por ética y por liberar su conciencia antes de su muerte, ya que no podía en vida dar detalles del tribunal que el integró. Fue condecorado por Venezuela en agradecimiento a su papel en pro la soberanía nacional que desempeño en esos años. Venezuela desde finales de los 40, al encontrar más y más documentos que demostraban la nulidad del arbitraje, exigió a Gran Bretaña hablar del tema y reclamó la devolución de su territorio arrebatado.

En julio de este año En el América Journal of International Law Vol 43 Nº3, se publica el Memorándum dejado al Juez Schoenrich para no ser publicado, sino a su juicio después de su muerte.

“El Magistrado Brewer y yo nos embarcamos para Europa en enero de 1899 para asistir a la primera sesión del Tribunal Arbitral, que debía reunirse en París con el objeto de determinar la frontera entre Venezuela y la Guayana Británica. Los términos del Protocolo firmado entre Gran Bretaña y Venezuela, exigía la reunión del Tribunal en esa oportunidad. Sin embargo, como esta fecha resultaba incómoda para todos los que tenían que intervenir en el Arbitraje, se decidió celebrar una simple sesión preliminar, para cumplir con los términos del Protocolo y levantar las sesiones para reanudarlas en fecha más apropiada.

Antes de ir a París, el Juez Brewer y yo nos detuvimos en Londres, y estando allí el Señor Henry White, Encargado de Negocios de los Estados Unidos, nos ofreció una pequeña comida a la cual fue invitado el Lord Justicia Mayor Russell. Me correspondió sentarme junto a Lord Russell y en el curso de la conversación me aventuré a expresar que las decisiones de los arbitrajes internacionales debían fundarse exclusivamente en consideraciones legales. Lord Russell respondió inmediatamente: Estoy enteramente en desacuerdo con usted. Estimo que los arbitrajes internacionales deberían ser conducidos por vías más amplias y tomar en consideración cuestiones de política internacional. Desde aquel momento comprendí que no podíamos contar con Lord Russell para decidir la cuestión fronteriza sobre la base de estricto derecho.

Cuando nos reunimos en París el lº de junio siguiente conocí al Lord Collims. Durante los discursos del Procurador General Sir Richard Webster y mío (los cuales duraron 26 días) apareció claramente que Lord Collins estaba sinceramente interesado en darse cuenta completa de todos los hechos del caso y en determinar la ley a éstos aplicables. Lord Collins, por supuesto, no dio indicación acerca de cómo votaría en la cuestión; pero toda su actitud y las numerosas preguntas que formuló eran criticas de las pretensiones británicas y daban la impresión de que se iba inclinando hacia el lado de Venezuela.

Después de que Sir Richard Webster y yo concluimos nuestros discursos, el Tribunal suspendió sus sesiones para una corta vacación de dos semanas. Los dos Arbitros Británicos regresaron a Inglaterra y llevaron consigo al Señor Martens.

Cuando reasumimos nuestros puestos después del receso, el cambio en Lord Collims era visible. Hizo pocas preguntas y toda su actitud era completamente diferente de lo que había sido. Nos pareció (quiero decir a la defensa de Venezuela) como si hubiera ocurrido algo en Londres para producir tal cambio.

Cuando todos los discursos habían concluido en el mes de agosto o principios de septiembre, el Tribunal suspendió sus sesiones para permitir a los árbitros conferenciar y dictar su sentencia. Pasaron varios días durante los cuales esperábamos ansiosamente, cuando una tarde recibí un mensaje del Magistrado Brewer en el cual me decía que él y el Magistrado Fuller deseaban hablar conmigo y pedían que me les reuniese inmediatamente en su hotel. Fui allí de inmediato.

Cuando entré al departamento en donde me esperaban los dos árbitros americanos, el Juez Brewer se levantó y dijo muy excitado: “Mallet-Prevost, es inútil continuar por más tiempo esta farsa pretendiendo que nosotros somos jueces y usted abogado. El Magistrado Fuller y yo hemos decidido revelarle confidencialmente lo que acaba de pasar. Martens ha venido a vernos y nos informa que Russell y Collins están dispuestos a decidir a favor de la línea Schomburgk que, partiendo de Punta Barima en la Costa daría a la Gran Bretaña el control de la boca principal del Orinoco; y que si nosotros insistimos en comenzar la línea partiendo de la Costa en el Río Moroco, él se pondrá del lado de los Británicos y aprobará la línea Schomburgk como la verdadera frontera.

Sin embargo añadió, él, Martens, estaba ansioso de lograr una sentencia unánime, y si aceptáramos, la línea que él propone, él obtendría la aquiescencia de Lord Russell y Lord Collins a fin de llegar a una decisión unánime. Lo que Martens proponía era que la línea en la Costa comenzara a cierta distancia al Sudoeste de Punta Barima, de modo de dar a Venezuela el dominio de la Boca del Orinoco y que esta línea se conectase con la línea Scomburgk a cierta distancia. en el interior, dejando a Venezuela el control de la Boca del Orinoco y cerca de 5 mil millas cuadradas de territorio alrededor de esa boca.

Esto es lo que Martens ha propuesto. El Magistrado Fuller y yo somos de opinión que la frontera en la Costa debería iniciarse en el Río Moroco. Lo que tenemos que decidir es si aceptamos la proposición de Martens o suscribimos una opinión disidente. En estas circunstancias, el Magistrado Fuller y yo hemos decidido consultar con usted y ahora quiero hacérselo saber que estamos dispuestos a seguir uno u otro camino, según lo que usted desee que se haga. Por lo que acababa de expresar el Magistrado Brewer y por el cambio que todos habíamos observado en Lord Collins, me convencí entonces, y sigo creyendo, que durante la visita de Martens a Inglaterra había tenido lugar un arreglo entre Rusia y Gran Bretaña para decidir la cuestión en los términos sugeridos por Martens y que ese había hecho presión, de un modo u otro, sobre Collins a fin de que siguiera aquel camino. Naturalmente, me di cuenta de que yo solo no podía asumir la enorme responsabilidad de la decisión que se me exigía. Así lo hice ver a los árbitros y les pedí autorización para consultar al General Harrison. Al obtenerla fui a su apartamento para tratarle el asunto.

Cuando revelé al General Harrison lo que acababa de pasar, éste se levantó indignado, y caminando de un lado a otro, calificó la conducta. de Gran Bretaña y Rusia en términos para mí inútil repetir. Su primera reacción fue la de pedir a Fuller y a Brewer que presentaran una opinión disidente, pero cuando se calmó y estudió el asunto desde un punto de vista práctico, me dijo: “Mallet-Prevost, si algún día se supiera que estuvo en nuestras manos conservar la desembocadura del Orinoco para Venezuela y que no lo hicimos, nunca se nos perdonaría. Lo que Martens propone es inicuo, pero no veo como Fuller y Brewer puedan hacer otra cosa que aceptar.

Estuve de acuerdo con el General Harrison y así se lo hice saber a los Magistrados Fuller y Brewer. La decisión del Tribunal fue, en consecuencia, unánime; pero, si bien es cierto que dio a Venezuela el sector en litigio más importante desde un punto de vista estratégico fue injusta para Venezuela y la despojó de un territorio muy extenso e importante, sobre el cual la Gran Bretaña no tenía, en mi opinión, la menor sombra de derecho.

Lo anterior ha sido dictado por mí el 8 de febrero de 1944.

OTTO SCHOENRICH.

Miembro de la Firma Curtis, Mallet- Prevost,

Colt & Mosle de Nueva York.”

1950

En enero de este año, Se funda el Peoplés Progressive Party (PPP), con Burnham como Presidente, Janet Jagan como Secretaria General y Cheddi Jagan como Líder Legislativo[19].

 En el mes de octubre, en el Américan Journal of International Law Vol 44 Nº4. Clinfton Child (Formerly Commonwealth Fund Fellow, University of Wisconsin) cuestiona la credibilidad del Memorándum de Mallet-Prevost.

En la misma Revista Vol. 44 Nº4 William Dennis, corrobora las partes esenciales del Memorándum de Mallet-Prevost, revelando que eso se lo había manifestado Mallet-Prevost durante una reunión que sostuvieron en 1910. Sin embargo, la mejor confirmación de las aseveraciones de Mallet – Prevost, lo constituye la carta[20] que Lord Russell de Killowen, Juez Principal Británico en el Tribunal Arbitral, le expresara a Lord Salisbury en carta del 07OCT1899.

 “… No tengo ninguna duda que él (de Martens) habló en sentido contrario a los árbitros venezolanos y que el temor de una línea (de demarcación) posiblemente mucho peor fue el incentivo para que ellos aceptasen el Laudo en su demarcación actual…”

 1951

14 de enero, Declaración del Canciller venezolano Dr. Luis E. Gómez Ruiz, publica en el Diario el Nacional de Caracas – Venezuela[21].

 “… La República –continuó el Canciller- tuvo que resignarse ante ese fallo que, si bien le arrebataba extensos territorios a cuyo dominio tenía justo título, ponía coto a las pretensiones de la Gran Bretaña de obtener el control territorial de las bocas de nuestro Orinoco, y se procedió de común acuerdo a efectuar la demarcación de la frontera en ejecución de los términos del Laudo.”

 11 de marzo, Durante la IV Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores, celebrada en Washington, cuando se trató sobre la Reafirmación de Principios Interamericanos en relación con las Colonias y Posesiones Europeas en América, el Canciller Luis Emilio Gómez Ruiz, manifestó[22]:

“… ninguno de los cambios de status que puedan ocurrir en la Guayana Británica como consecuencia de la situación internacional o de las medidas que fueren adoptadas en el futuro, o como resultado del progreso de los habitantes de dichos territorios hacia la determinación de su propio destino no será obstáculo para que Venezuela haga valer sus justas aspiraciones de que se reparen conforme a una rectificación equitativa los perjuicios sufridos por la nación en dicha oportunidad”

 1953

16 de octubre, Comunicado del Ministerio de Relaciones Exteriores de Venezuela publicado con motivo de los sucesos políticos ocurridos en la Guayana Británica[23].

1954

28 de marzo, Ante La X Conferencia Interamericana reunida en Caracas, Venezuela reitera su posición de no renunciar a sus aspiraciones reivindicativas de la Guayana Esequiba[24]:

“2º En cuanto al caso concreto de la Guayana Británica, el Gobierno de Venezuela declara que ninguna de los cambios de status que puedan ocurrir en ese país vecino, puede ser obstáculo para que el Gobierno Nacional, interpretando el sentimiento unánime del pueblo venezolano, y en vista de las peculiares circunstancias que prevalecieron en relación con el señalamiento de su línea fronteriza con la mencionada Guayana, haga valer su justa aspiración de que se reparen, conforme a una rectificación equitativa, los perjuicios sufridos por la Nación en esa oportunidad. De conformidad con lo que antecede, ninguna decisión que en materia de colonias se adopte en la presente Conferencia, podrá menoscabar los derechos que a Venezuela corresponden por este respecto, ni ser interpretada, en ningún caso, como una renuncia a los mismos.”

1955

13 de febrero, F.S. Burnham, Lachhman Singh y Jai Narains Singh dividen al Peoplés National Congress(PNC)[25].

1957

 8 de octubre, F.S Burnham funda el partido Peoplés National Congress (PNC)[26].

1958

En el mes de junio, El Congreso de la Legislatura de la Colonia de la Guayana Británica emite Resolución sobre la independencia[27].

REFERENCIA:

http://bibliografilaguayanaesequibacom.blogspot.com/2011/12/los-papeles-de-alejo-fortique.html

http://esequibonuestro.blogspot.com/2011/10/el-laudo-arbitrario-de-paris-3-de.html

http://historiadiplomaticadevenezuela.wikispaces.com/Reconocimientos+de+Portugal,+Gran+Breta%C3%B1a+y+Estados+Unidos.

http://www.scielo.org.ve/scielo.php?pid=S1012-25082002000100006&script=sci_arttext

[1] Fuente: M.R.E., D.G.S.F., Oficina de Archivo, año1936, Exp. 8.1.11.

[2] Fuente: M.R.E., D.G.S.F., Oficina de Archivo, año 1936, Exp. Nº 8 .1.11.

[3] Fuente: M.R.E., D.G.S.F., Oficina de Archivo, año 1937, Exp. 8.1.12.

[4] Fuente: M.R.E., D.G.S.F., Oficina de Archivo, año 1937, Exp. 8.1.12.

[5] Fuente: M.R.E., D.G.S.F., Oficina de Archivo, año 1937, Exp. 8.1.12.

[6] Fuente: M.R.E., D.G.S.F., Oficina de Archivo, año 1937, Exp. 8.1.13.

[7] Fuente: M.R.E., D.G.S.F., Oficina de Archivo, año 1938, Exp. 8.1.13.

[8] Fuente: M.R.E., D.G.S.F, Oficina de Archivo, año 1938, Exp. 8.1.13.

[9] Fuente: M.R.E., D.G.S.F., Oficina de Archivo, año 1938, Exp. 8.1.13.

[10] Fuente: M.R.E., D.G.S.F., Oficina de Archivo, año 1944, Exp. 8.1.17.

[11] Fuente: M.R.E, Reclamación de la Guayana Esequiba, año 1982, pag 156.

[12] Fuente: M.R.E., Reclamación de la Guayana Esequiba, Documentos 1962-1981, Caracas 1982, pag. 40.

[13] Fuente: M.R.E., Op cit, pag. 40.

[14] Fuente: M.R.E., Op cit, pag. 40.

[15] Fuente: M.R.E., Libro Amarillo 1965, pag. 23.

[16] Fuente: M.R.E., Reclamación de la Guayana Esequiba, Documentos, 1982, pag. 160.

[17] http://esequibonuestro.blogspot.com/2011/10/el-memorandum-de-severo-mallet-prevost.html

[18] http://esequibonuestro.blogspot.com/2011/12/carta-de-severo-mallet-prevost-al.html

 [19] Fuente: Jagan Cheddi, The West on Trial, The Fight for Guyana Freedom, pag 98.

[20] Fuente: Hartfield House, Herts, Documentos Privados del Márques de Salisbury, Vol. A/94, Doc. Nº 2, citado por M.R.E., La Reclamación Esequiba, Documentos, Caracas 1984, pag. 185.

[21] Fuente: M.R.E., D.G.S.F., Ofic de Archivo, año 1938, Exp.8.1.13.

[22] Fuente: M.R.E., Libro Amarillo 1948 – 1953, pag. LVII.

[23] Fuente: M.R.E, D.G.S.F, Oficina de Archivo, año 1938, Exp. 8.1.13.

[24] Fuente: M.R.E., Libro Amarillo 1955, pag. LIX y Libro Amarillo 1965, pag. 24.

[25] Fuente: Jagan Cheddi, Op cit, pag. 164.

[26] Fuente: Vere T. Daly. A Short History of the Guyanese People, 1975, pag. 30

[27] Fuente: Jagan Cheddi, Op cit, pag. 200.

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