Décima quinta entrega, “Las Raíces del tema de los diferendos”
En esta entrega, se diagramará el período presidencial de Luis Herrera Campíns (1979-1984).
1980
18 de mayo, El periódico guyanés The Mirror, denuncia que durante el mes de ABR1980, en varios periódicos de Gran Bretaña, Canadá y EE.UU., se ha estado denunciando los establecimientos de Hmongs. Un plan secreto que el gobierno guyanés viene manejando desde DIC1979, para establecer una Buffer Zone (Zona Tapón) en el Territorio Esequibo; el cual se venía estructurando con organizaciones políticas estadounidenses para establecer en el área de Waini-Yarakita, Distrito Noroeste, a miembros de la tribu Hmong provenientes del Sudeste asiático[1].
25 de septiembre, Los Ministros de Relaciones Exteriores de Venezuela y Guyana, José Zambrano Velasco y Rashleigh Jackson se reúnen en Nueva York, (O.N.U.) y trataron sobre la cooperación petrolera y el Proyecto Hidroeléctrico del Alto Mazaruni[2].
1981
13 de enero, mediante una declaración conjunta entre los cancilleres de Cuba y Guyana, Isidro Malmierca y Rashleigh Jackson, se señala que «Cuba le reconoce a Guyana la totalidad territorial, incluyendo la Guayana Esequiba o Zona en Reclamación»
15 de enero, luego de la visita a Venezuela del Canciller Italiano Emilio Colombo, al ser consultado el Canciller Zambrano Velasco sobre la reciente declaración Conjunta o Pacto cubano guyanés, este señalo
“…he solicitado el texto preciso de esa declaración para estudiarlo y examinarlo cuidadosamente…”
y dándole un giro diplomático le restó importancia sin caer en provocaciones procedió señalar:
“…esta declaración debe de ser observada en diversas perspectivas, en la perspectiva que yo la veo en este momento creo que es en definitiva el reconocimiento por parte de Guyana de la existencia y vigencia de una reclamación que tiene planteada Venezuela y desde ese punto de vista, que en el fondo entraña el reconocimiento de nuestra reclamación, tiene elementos que debemos examinar cuidadosamente y en forma optimista…”
2 al 3 de marzo, El Primer Ministro de Guyana, Linden Forbes Burrnham realizó una visita oficial a Venezuela. Durante esta visita, el Presidente Luis Herrera, reconoció que las relaciones entre Guyana y Venezuela tenían la pesada herencia del pasado colonial, pero ambos países tenían ambiciones comunes y en este sentido prestaba toda su colaboración para disipar las tensiones a nivel bilateral e internacional. Asimismo, el Primer Ministro Burnham reconoció públicamente ser un admirador del Libertador Simón Bolívar manifestando que bajo el espíritu del libertador debía buscarse un mayor intercambio y cooperación entre ambos países y resolver las diferencias bajo los principios más nobles del derecho y las relaciones internacionales[3].
4 de abril, El Gobierno de Venezuela informa mediante un Comunicado Oficial, que durante la visita del Primer Ministro de Guyana Forbes Burnham a Venezuela, su gobierno ratificó al de Guyana su posición de reiniciar las negociaciones sobre el Territorio Esequibo descongelando el Protocolo de Puerto España, y manifestó su rechazo al Proyecto Hidroeléctrico del Alto Mazaruni en el Esequibo[4].
8 de abril, El Primer Ministro de Guyana, Linden Forbes Burnham manifestó a su llegada a Guyana mediante un Comunicado de Prensa que ni el Acuerdo de Ginebra ni el Protocolo de Puerto España impedían a su país desarrollar el territorio Esequibo reconocido por el Laudo de 1899 como territorio perteneciente a Guyana, aunque no obstante, están dispuestos mantener los vínculos de amistad y cooperación con este país[5]:
“Posición Oficial del Gobierno Guyanés sobre la Reclamación Territorial Venezolana:
El Laudo Arbitral de 1899 es totalmente válido.
Aún en el caso de que el Laudo no sea válido, los límites fijados de acuerdo a él han adquirido validez como resultado del reconocimiento, aceptación y otros hechos por parte de Venezuela.
Aún en el caso de que ni el Laudo ni los límites sean válidos, la tierra reclamada por Venezuela no pasa a ser automáticamente suya.
En una situación tal, sin importar el procedimiento adoptado, deberán tomarse en cuenta las reclamaciones de ambas Partes, incluyendo en especial,
Una reclamación guyanesa a las áreas de Amacuro, Barima y Cuyuní, que perdimos ante Venezuela como resultado del Laudo y, Reclamaciones guyanesas basadas en sus derechos de posesión y ocupación hasta tiempos recientes, cuando Venezuela rechazó formalmente por primera vez la validez del Laudo de 1899.
e) Entre tanto, la región del Esequibo es parte integral de Guyana y lo ha sido durante toda la historia del país.
f) No existe nada en el Acuerdo de Ginebra o en el Protocolo de Puerto España que le prohíba a Guyana desarrollar cualquier parte de su territorio, incluyendo el área en reclamación. Guyana no aceptará nunca un arreglo en ese sentido. Por el contrario, Guyana tiene el deber de hacer el uso óptimo de sus recursos para beneficio de su población y para el fomento del desarrollo integrado de la región y del hemisferio del cual forma parte.
g) Lo anterior se aplica específicamente al Proyecto Hidroeléctrico del Alto Mazaruni. Además de ser un elemento crucial en el desarrollo del país el Proyecto ofrece oportunidades para la cooperación regional del tipo que promueve OLADE, de las cuales Venezuela vigoroso patrocinante, y el Tratado de Cooperación Amazónica, con el cual están comprometidos Venezuela y Guyana. Guyana por lo tanto, intenta multiplicar sus esfuerzos para hacer realidad ese Proyecto.”
El gobierno presidido por Luís Herrera Campins, asumió el poder en Venezuela en 1979. Poco después de la visita oficial a Caracas por el Presidente de Guyana, Forbes Burnham, Campins anunció que Venezuela no deseaba renovar el Protocolo de Puerto España de 1970. El Protocolo que pudo ser renovado llegó a su término el 18 de junio de 1982.»
Luego de 12 años, Venezuela no consideró necesario renovar el Protocolo de Puerto España, para aplicar otros mecanismos pacíficos previstos por la ONU. Como nación soberana estaba en su derecho a no hacerlo, pero Guyana lo tomó como una afrenta. El gobierno de Burnharm, ahora aliado con Cuba, comenzó a realizar actos inamistosos contra Venezuela.
Campins manifestó su decisión de recurrir a los pasos previstos en el artículo 4° del Acuerdo de Ginebra de 1966. Por tal motivo, hasta el momento presente ha quedado en manos del Secretario General de las Naciones Unidas escoger algunos de los medios estipulados en el artículo 33 de la Carta de dicho organismo para resolver de manera pacífica esta controversia todavía no resuelta.
10 de abril, Declaración oficial del Ministro de Relaciones Exteriores de Venezuela, José Alberto Zambrano Velazco, sobre la finalización del Protocolo de Puerto España, la reactivación del Acuerdo de Ginebra de 1966 y el rechazo a la construcción de la Represa Hidroeléctrica del Alto Mazaruni, localizada en el Territorio Esequibo[6]:
“… Las posibilidades de hacer funcionar positivamente los procedimientos del Acuerdo de Ginebra aumentan en la medida en que haya mayor unidad del país alrededor de estos asuntos. Esa unidad será igualmente necesaria para hacer comprender a Guyana y a la Comunidad Internacional que para Venezuela es inaceptable, pendiente aún la solución satisfactoria de la controversia, que por decisión unilateral se produzcan actos de disposición sobre el territorio reclamado, que podrían afectarlo gravemente y que pretenderían desconocer nuestros derechos. En el caso concreto de la Represa del Alto Mazaruni debe quedar claro, en el ámbito internacional, que su contracción en las condiciones actuales es inadmisible para Venezuela y que en consecuencia no estamos dispuestos a reconocer ningún derecho que pretendiera invocarse a partir de la hipotética ejecución de dicho proyecto”
23 de abril, El PPP emite un comunicado acerca de la reclamación territorial venezolana[7]:
“Cuando el PNC llegó al poder, casi inmediatamente vendió los derechos soberanos del pueblo guyanés por firmar, contrario a la advertencia del PPP, el Acuerdo de Ginebra, y reconociendo la existencia de una disputa. Luego procedió a firmar el Protocolo de Puerto España, lo cual mantuvo la reclamación.”
8 de junio, Comunicación de José Alberto Zambrano Velazco, Ministro de Relaciones Exteriores de Venezuela para el Presidente del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, sobre la posición del Gobierno de Venezuela ante la solicitud de préstamo hecha por el Gobierno de Guyana para el proyecto de la Represa del Alto Mazaruni[8]:
“… Ahora bien, la proyectada represa del Alto Mazaruni se encuentra en el Territorio Esequibo, objeto de la controversia territorial y obedece a una iniciativa unilateral del Gobierno de Guyana, que no se compadece con sus obligaciones internacionales. En tal virtud, el Gobierno de Venezuela se ve obligado a formular las siguientes consideraciones…
… 2) Como consecuencia de lo anterior, el Gobierno de Venezuela ha sostenido públicamente y ratifica, que no reconoce ningún derecho o situación jurídica que pudiera invocarse en el futuro, sea por terceros estados, sea por organismos o entidades internacionales o por corporaciones privadas que tengan por fundamento un hipotético acto unilateral de disposición cumplido por Guyana sobre el Territorio Esequibo…”
17 de junio, Comunicado de Prensa del Ministerio de Relaciones Exteriores ratificando la oposición de Venezuela sobre el Proyecto Hidroeléctrico del Alto Mazaruni y la construcción de la Represa correspondiente, cuyo financiamiento fue solicitado por la República Cooperativa de Guyana al Banco Mundial[9].
1° de julio, La reunión de los Ministros de Relaciones Exteriores del CARICOM, realizada en St. George´s Granada, aprobó una Resolución de apoyo a Guyana e invitando al Gobierno venezolano a solucionar la controversia de manera pacífica[10]:
“… Reafirmando apoyo por la integridad territorial de Guyana, los Ministros notaron que la acción del Gobierno de Venezuela contra un Estado miembro del CARICOM no está de acuerdo con los principios fundamentales que gobiernan las relaciones internacionales consagradas en la Carta de la ONU, en particular, la igualdad soberana de los Estados, respecto a la integridad territorial, y la independencia política de los Estados, y el arreglo pacífico de todos los asuntos internacionales. Los Ministros hacen un llamado al Gobierno de Venezuela para arreglar este asunto (controversia política surgida de la contención venezolana de que el Laudo Arbitral de 1899, que establecía las fronteras entre Guyana y Venezuela, es nulo e írrito) por medios pacíficos…”
5 de agosto, Respuesta de Ernest Stern, Vicepresidente Principal de Operaciones del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento al Señor José Alberto Zambrano Velazco, Ministro de Relaciones Exteriores de Venezuela[11]:
“Banco Mundial
Washington, D.C. 20433.
EE.UU.
Estimado Señor Ministro:
En nombre del Presidente del Banco Mundial, le agradezco su carta del 08 de junio, 1981, referente a un Proyecto Hidroeléctrico en el río Mazaruni. Deseo informarle que dentro del marco legal establecido por el Acuerdo de Ginebra el 17 de febrero de 1966, y de acuerdo con el Protocolo firmado en Puerto España el 18 junio de 1970, las opiniones expresadas en su carta se tomarán en cuenta en el momento en que el Banco evaluase una solicitud de asistencia financiera para aquel Proyecto.
El Banco Mundial comparte la esperanza de su Gobierno en el sentido de que se encuentre una solución práctica a la controversia entre Venezuela y Guyana.
Señor José Alberto Zambrano Velazco
Ministro de Relaciones Exteriores de la República de Venezuela
Caracas, Venezuela”
24 de septiembre, El Primer Ministro de la República Cooperativa de Guyana, Ptolomy Reid acusa, ante la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, al Gobierno de Venezuela de pretender arrebatarle a Guyana su territorio, así como, no querer renovar el Protocolo de Puerto España con el fin de obstaculizar proyectos de desarrollo en la Zona del Esequibo. Ese mismo día, el Ministro de Relaciones Exteriores de Venezuela José Alberto Zambrano Velazco ejerce su derecho a réplica, y cuestiona la actitud intransigente del gobierno de Guyana a buscar una salida favorable y pacífica para la solución de la reclamación venezolana del Esequibo[12].
24 de septiembre, El Ministro de Relaciones Exteriores Dr. José A. Zambrano Velasco, ante el Trigésimo Sexto período de sesiones de la Asamblea General de la O.N.U., expresa[13]:
“… Venezuela quiere ante todo ganar la batalla de la paz y la fraternidad de Guyana, porque somos inevitablemente vecinos y porque en gran parte somos hijos de la misma historia americana. … Venezuela quiere ganar la batalla de la paz, porque es dentro del marco de la paz y la comprensión que ésta ubicado el objetivo de lograr una solución satisfactoria para el arreglo práctico de la controversia.”
07 de octubre, la Reunión de Jefes de Gobierno de la Comunidad Británica realizada Melbourne, Australia, emitió un comunicado, en cuyo artículo 29, se refería a la controversia territorial[14]:
“Los Jefes de Gobierno expresaron su profunda preocupación por la amenaza a la integridad territorial de Guyana, por la resucitación de la reclamación venezolana a más de dos tercios del territorio de Guyana y los pasos dados por Venezuela en prosecución de esa reclamación.
Notan que la frontera existente ha sido establecida por un Laudo Arbitral Internacional en 1899 y aceptado por todos los concernientes como un arreglo final, ellos expresaron apoyo a Guyana e hicieron un llamado para un arreglo pacífico de la controversia, de acuerdo a los procedimientos establecidos y completo respeto a la santidad de los tratados.”
07 de octubre, la Embajada de Venezuela en Australia emite un Comunicado en respuesta a la Declaración Final presentada en la Reunión de Jefes de Gobierno de la Comunidad Británica[15]:
“… Nuestra reclamación ha sido reconocida por la Gran Bretaña y Guyana, cuando las tres Partes firmaron el Acuerdo de Ginebra … La Embajada de Venezuela reitera que siendo la controversia territorial un asunto bilateral, no considera esta Conferencia como foro apropiado para su discusión …”
07 de diciembre, durante la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA) en Santa Lucia, los ocho miembros del CARICOM presentaron una Resolución para enmendar el Artº 8 de la Carta de OEA, a fin de facilitar el ingreso de Guyana y de Belize. Al no lograr apoyo, la moción fue retirada[16].
11 de diciembre, mediante Nota GM-515 el Ministro de Relaciones Exteriores de Venezuela, comunica a los Gobiernos Guyanés, Reino Unido y al Secretario General de la O.N.U., formalmente la decisión de no prolongar la aplicación[17] del Protocolo de Puerto España, más allá del 18JUN1982.
11 de diciembre, el Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante comunicado expresa posición política de cumplir y hacer cumplir el Acuerdo de Ginebra de 1966[18]:
“… En 1966, como resultado de la tenaz posición de la Cancillería venezolana, el Reino Unido en vísperas de la independencia de Guyana, admitió la existencia de una controversia y la necesidad de resolverla … Debemos proceder a través de ese tratado internacional, a buscar una solución que, sin perder de vista todos los factores históricos, geográficos, políticos, sociales y jurídicos presentes en la cuestión, se propongan la obtención del objetivo fundamental para Venezuela, que es el logro de un arreglo práctico que rectifique la injusticia cometida con el abusivo despojo del que fuimos víctimas en la Guayana Esequiba …”
14 de diciembre, acuerdo del Senado de la República respaldando la decisión del Gobierno Nacional de no prolongar la aplicación del Protocolo de Puerto España[19].
15 de diciembre, acuerdo de la Cámara de Diputados respaldando la decisión del Gobierno Nacional de no prolongar la aplicación del Protocolo de Puerto España[20].
1982
1° de febrero, el Gobierno de Guyana envía Nota de Protesta al Gobierno venezolano alegando violación del espacio aéreo, el 25ENE1982, por cuatro helicópteros venezolanos[21].
05 de marzo, la Embajada de Venezuela en Georgetown mediante comunicación I-3/M/159, rechaza las acusaciones por carecer de fundamentos[22].
12 de marzo, mensaje de Luis Herrera Campins, Presidente de Venezuela pronunciado en el Congreso, referido al estado actual de las relaciones diplomáticas con Guyana como consecuencia de la prescripción del Protocolo de Puerto España y la oposición de Venezuela al Proyecto Hidroeléctrico Alto Mazaruni[23]:
“En abril de 1981 visitó a Venezuela el Presidente de la República Cooperativa de Guyana, Forbes Burnham, con quien conversé sobre los temas de común interés y, en particular, sobre nuestra reclamación histórica de la Zona del Esequibo y de nuestra oposición a la construcción de la Represa del Alto Mazaruni, mientras el problema no sea resuelto…”
1° de abril, la reunión de los Ministros de Relaciones Exteriores del CARICOM, realizada en Belize, aprobó un pronunciamiento reiterando que las Partes deben cumplir escrupulosamente las provisiones del Acuerdo de Ginebra y buscar arreglos de la controversia territorial por medios pacíficos[24].
1° de junio, el Ministro de Relaciones Exteriores en Carta al Presidente del Consejo de Seguridad de la O.N.U. responde a la Carta dirigida por el Representante Permanente de Guyana ante la O.N.U[25].
”Venezuela quiere una solución pacífica. Se la propuso a la Gran Bretaña por la vía del arbitraje en innumerables ocasiones durante el siglo XIX y le fue rechazada. Solo cuando la Gran Bretaña consideró llegado el momento de ir al arbitraje, dadas las componendas internacionales que había logrado, se le impuso entonces el arbitraje a Venezuela bajo la amenaza de dejarle inerme frente al Imperio británico. Buscó Venezuela por vía pacífica una reparación de la injusticia del Laudo frente a la Gran Bretaña, y lograda por Guyana su independencia ha seguido Venezuela recurriendo a los medios pacíficos de solución.”
6 de junio, durante la Reunión Ministerial del Buró de Coordinación del Movimiento de los Países No Alineados celebrada en La Habana – Cuba, se adoptaron los siguientes párrafos, relativos a la controversia territorial[26]:
“Después de haber escuchado la intervención del Ministro de Relaciones Exteriores de Guyana, los Ministros expresaron su preocupación ante algunos acontecimientos con relación a los reclamos territoriales de Venezuela contra Guyana, que han provocado profundas reservas en Guyana, que es un país miembro del Movimiento de los Países No Alineados.
Los Ministros tomaron nota de la intervención hecha por el Observador de Venezuela, en la que expresó la disposición y compromiso de su Gobierno para un arreglo pacífico de la controversia. Los Ministros reafirmaron que es inadmisible el uso o la amenaza de uso de la fuerza en la solución de controversias; que debe respetarse la soberanía, independencia y la integridad territorial de los países; que ningún Estado debe tratar de interferir o intervenir en los asuntos internos de otros Estados y que todas las diferencias o reclamos que puedan existir entre los Estados deben solucionarse por medios pacíficos para que prevalezcan las relaciones pacíficas entre los Estados.
Pidieron que se llegue a una solución pacífica y justa de la controversia sobre la base de los principios mencionados supra y de estricta conformidad con el Acuerdo de Ginebra de 1966.”
14 de junio, la Embajada de Venezuela en Guyana se dirige al Ministerio de Relaciones Exteriores de Guyana, mediante comunicación I-3/J/441 para referirse a las notas CFA/9/20/24 del 08MAR1982, 09MAR1982, 13MAY1982, 17MAY1982 y 23MAY1982, sobre supuestas violaciones de espacio aéreo por aeronaves venezolanas[27]:
“La Embajada de Venezuela no puede dejar de expresar su extrañeza por tales señalamientos, los cuales rechaza íntegramente. Causa sorpresa la persistente intención del Gobierno de Guyana de presentar a Venezuela en actitud violatoria del derecho internacional. Tal proceder es ofensivo para nuestro país y el Gobierno de Venezuela lo rechaza categóricamente por carecer de fundamento.”
14 de junio, la Embajada de Venezuela en Guyana se dirige al Ministerio de Relaciones Exteriores de Guyana para rechazar en forma categórica, las imputaciones sobre presuntos incidentes ocasionados por efectivos venezolanos, estacionados en áreas adyacentes a la Zona en Reclamación, los cuales fueron referidos en la comunicación Nº CFA/9/20/24 de 11MAY1982[28]:
“… la Embajada de Venezuela no puede dejar de llamar la atención del Honorable Ministerio de Relaciones Exteriores sobre la inconveniencia de alegar supuestas intenciones bélicas e imaginar incidentes no deseados, conducta que contradice lo pactado entre las Partes…”
17 de julio, el Canciller José A. Zambrano Velasco en discurso pronunciado ante el Congreso Nacional expresó[29]:
“… No cabe duda de que, analizado con la mayor objetividad, el Protocolo de Puerto España ha justificado su existencia. Ante el pueblo guyanés ha quedado claramente demostrado que su permanente crisis económica y social no deriva, como quiso hacerlo creer su Gobierno, de un pretendido acoso venezolano. La perpetuación del régimen personalista existente en Guyana, en medio de acusaciones de manipulación electoral ha ido erosionando ante la Comunidad Internacional la imagen inicial, cuidadosamente cultivada, de una dirigencia patriótica recién llegada a la independencia, empeñada en la defensa de su país frente a un vecino codicioso. La paciente y serena actuación de Venezuela ha contrarrestado los intentos de configurarle una imagen de agresor y una sostenida acción diplomática ha hecho conocer ante los países del mundo los fundamentos de elemental justicia de la reclamación venezolana y la disposición permanente de nuestro país de alcanzar soluciones razonables por las vías pacíficas.”
18 de junio, el Ministro de Relaciones Exteriores de Venezuela, Doctor José Alberto Zambrano Velasco, mediante comunicación GM – Nº 135 ratifica al Gobierno de Guyana, la decisión del Gobierno venezolano de no prolongar la aplicación del Protocolo de Puerto España más allá del 18JUN1982. También, mediante comunicación GM – Nº 136, hace la misma ratificación al Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte[30].
1° de julio, el Gobierno de Venezuela propone al Gobierno de Guyana las negociaciones directas entre las partes como modo de solución para la controversia[31].
8 de julio, el Ministro José A. Zambrano Velasco ante la Convención de Gobernadores realizada en Ciudad Bolívar expresó la actitud del Gobierno Nacional ante la plena reactivación del Acuerdo de Ginebra[32]:
“… El Acuerdo de Ginebra permite a las Partes un amplio margen de apreciación en relación con los métodos a seguir para la solución del diferendo, y con la calificación de “aceptable” para su solución. Sin embargo, esta libertad, por amplia que fuere, tiene su limite en cualquier actitud contraria al espíritu y a los términos del Acuerdo. A este respecto se estableció la previsión de que se debe buscar una solución “práctica”, “aceptable para las dos Partes.” No es, pues, una solución cualquiera la que debe ser buscada. Las Partes tienen la obligación estricta de no hacer nada, que represente un obstáculo a tal búsqueda. En razón de esta obligación fundamental, el Acuerdo estableció un sistema muy amplio de vías y medios para resolver el litigio. Nada de lo expuesto autoriza, sin embargo, a una de las partes a presentar el problema desde el principio, en forma que cierre toda posibilidad de buscar un compromiso, como resultó de la actitud guyanesa durante la etapa de la Comisión Mixta, y a que se detenga el desarrollo de las negociaciones, pues en este caso se obstaculiza de tal manera la realización de los fines del Acuerdo, que ello realmente autoriza a pensar que se le quiere dejar sin efecto.”
8 de julio, la Asamblea Nacional de Guyana aprobó una Resolución creando un Comité Parlamentario para la Integridad Territorial de Guyana[33].
14 de julio, mediante Decreto Presidencial Nº1549, se crea la Comisión Asesora en todas las cuestiones relacionadas con la reclamación nacional sobre el Territorio Esequibo[34].
2 de agosto, mediante NºDG-401, el Ministro de Relaciones Exteriores Dr. José A. Zambrano Velasco informa al Secretario General de la O.N.U. que el 18JUN1982, recobró plena aplicabilidad el Acuerdo de Ginebra del 17FEB1966[35].
2 de agosto, el Gobierno de Guyana no acepta las negociaciones directas entre las partes y sugiere el arreglo judicial por la Corte Internacional de Justicia[36].
13 de agosto, nota Nº GM-435 del Ministro de Relaciones Exteriores, Dr. José Alberto Zambrano Velasco, al Secretario General de las Naciones Unidas, Sr. Javier Pérez de Cuellar, en la cual informa la creación de la Comisión Nacional Asesora para la Reclamación Esequiba[37]:
“… Dentro de idéntico propósito el Gobierno Nacional, por Decreto Presidencial Nº 1549 del 14 de julio de 1982, a dispuesto la constitución de una Comisión Nacional de la más amplia y plural composición. El objeto de la misma es el de garantizar que la posición que asumiremos durante todo el proceso de aplicación del Acuerdo de Ginebra sea producto de la concertación y del esfuerzo común de la mayoría de los venezolanos.”
25 de agosto, la Asamblea Nacional de Guyana designó los nueve miembros del Comité Parlamentario para la Integridad Territorial de Guyana[38]:
5 PNC (Cammie Ramsaroop, Rashleigh Jackson, Hubert Jack, P. Fredericks y K. V. Jairam);
3 PPP (Ralph Ram Karram. Reepu Daman Persaud y Clinton Collymore); y Marcellus Fielden – Singh de la United Force.
30 de agosto, el Gobierno de Venezuela, mediante Nota GM–185, rechaza la proposición del arreglo judicial propuesta por el Gobierno de Guyana y le invita a negociar sobre las bases más amplias a la búsqueda de una solución satisfactoria para el arreglo de la controversia[39].
19 de septiembre, el Gobierno Venezolano hace del conocimiento del Gobierno guyanés y al Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte su propósito de elevar a consideración del Secretario General de la O.N.U., la escogencia del medio de solución pacífica de la controversia por el Territorio Esequibo[40].
19 de septiembre, el Ministro de Relaciones Exteriores de Venezuela Doctor José Alberto Zambrano Velasco, mediante comunicación GM – Nº 214 notifica al Señor Javier Pérez de Cuellar, Secretario General de la O.N.U., que el Gobierno de Venezuela considera que, agotado los tres meses previstos en el artículo IV, 2 del Acuerdo de Ginebra, se hace necesario aplicar las otras previsiones del mismo párrafo[41]:
“… El Gobierno de Venezuela ha llegado al convencimiento de que el organismo internacional más apropiado para señalar el medio de solución es el Secretario General de O.N.U., quien aceptó esta responsabilidad por nota del 04ABR1966, suscrita por U. Thant, y cuya actuación fue expresamente convenida por las Partes en el texto mismo del Acuerdo de Ginebra.”
27 de septiembre, el Ministro de Relaciones Exteriores José Zambrano Velasco en el Trigésimo Séptimo Período de Asamblea General de la O.N.U[42].
“… La Historia de esta humillante mutilación no puede ser olvidada por los venezolanos. Toda nuestra tradición, todos nuestros instintos nos llevan al deseo de mantener y desarrollar con el pueblo guyanés, que en verdad fue, como nosotros, víctima del imperialismo británico y que, como nosotros, pertenece a los pueblos que tratan de alcanzar el desarrollo, las más estrechas relaciones de amistad, cooperación y solidaridad…La verdad es clara, ni la ambición territorial ni la codicia de riquezas ajenas alimentan la reivindicación venezolana.”
30 de septiembre, el Ministerio de Relaciones Exteriores en carta al Presidente del Consejo de Seguridad de la O.N.U., responde las acusaciones formuladas por el Representante Permanente de Guyana ante la O.N.U en documento S/15398 del 17SEP1982[43]:
“Las observaciones formulada por el Gobierno de Guyana carecen de fundamento y solo pueden atribuirse al reiterado empeño del Gobierno de Guyana de falsear situaciones para servir a su campaña propagandística contra Venezuela en la cual una vez más, envuelve al Consejo de Seguridad…El Gobierno de Venezuela, asimismo, estima oportuno llevar a la atención del Presidente del Consejo de Seguridad que la voluntad permanente de Venezuela de encontrar una solución pacífica y negociada a esta situación producto del imperialismo británico, ha quedado demostrada a todo lo largo de la historia de la controversia territorial …”
30 de septiembre, la Embajada de Venezuela en Guyana, mediante nota I-3/5/707 rechaza las acusaciones formuladas en las Notas Nº 9/20/24 y 9/20/25, sobre supuestos incidentes ocurridos los días 03SEP1982 y 05SEP1982[44].
“… el Gobierno de Venezuela considera necesario recordar, como lo hizo de manera reiterada en ocasiones anteriores, su clara y conocida posición a favor de una solución pacífica de esta controversia.”
6 de octubre, el Gobierno venezolano mediante NºGM-233 refirió formalmente el asunto de la controversia al Secretario General de la O.N.U, de conformidad con los términos del Acuerdo de Ginebra[45].
9 de octubre, párrafo adoptado en la Reunión de Ministros de Relaciones Exteriores y Jefes de Delegación de los Países No Alineados celebrada en Nueva York[46].
“Observando que el Protocolo de Puerto España había expirado en JUN1982, la Reunión instó a una solución justa y pacífica de la controversia relativa a la reclamación territorial de Venezuela contra Guyana sobre la base de los principios contenidos en los párrafos 134 y 135 del Comunicado de la Reunión de La Habana, en particular la inadmisibilidad del uso de la fuerza en el arreglo de controversias, y de conformidad con el Acuerdo de Ginebra de 1966.”
15 de octubre, el Representante de Venezuela ante la O.N.U., replica la intervención del Ministro de Relaciones Exteriores de Guyana en el Trigésimo Séptimo período de sesiones de la Asamblea General de la O.N.U[47].
“Invitamos a Guyana a resolver juntos los problemas heredados del colonialismo británico y a encontrar una solución satisfactoria para el arreglo práctico de la controversia territorial pendiente, de modo de que esta quede resuelta de forma aceptable para ambas partes.”
16 al 18 de noviembre, comunicado de la Tercera Reunión de la Conferencia de los Jefes de Gobiernos de la Comunidad del Caribe, celebrada en Ocho Ríos, Jamaica[48]:
“Recordando la Resolución aprobada en la Octava reunión de Jefes de Gobierno celebrada en Georgetown en abril de 1.973, la cual trató sobre la asistencia mutua contra la agresión externa, se declaró inter alia que la independencia política e integridad territorial de los Estados Miembros son un pre- requisito esencial para el logro de los objetivos económicos de la Comunidad, la Conferencia discutió el desarrollo en las relaciones entre Guyana y Venezuela a la luz de la controversia surgida como resultado de la pretensión venezolana de que e l laudo Arbitral de 1899, sobre la base en la cual fueron definidos los límites entre Guyana y Venezuela, es nulo e írrito.
Recordando su preocupación por lo sagrado de los tratados y los límites demarcados y definidos, la Conferencia destacó que esta controversia tiene un grave efecto en las relaciones entre los Estados de la CARICOM y Venezuela y tomó nota del compromiso incondicional dado por el Gobierno venezolano para evitar el uso de la fuerza como medio de solución de la controversia. La Conferencia también instó a Venezuela a desistir de acciones o amenaza de acción que pueda afectar el desarrollo económico de Guyana.
En la Conferencia instaron a Guyana y Venezuela a que continúen su empeño por una solución pacífica de la controversia en concordancia con los términos del Acuerdo de Ginebra de 1.966 a fin de llegar a una solución lo más pronto posible…»
18 de noviembre, la reunión de los Jefes de Gobierno del CARICOM realizada en Ocho Ríos, Jamaica discutió la controversia fronteriza entre Guyana y Venezuela, emitiendo un Comunicado expresando su preocupación por la santidad de los tratados y por las fronteras definidas y demarcadas; notando el grave efecto que esta controversia está teniendo en las relaciones entre los Estados del CARICOM y Venezuela. Hacen un llamado para que Venezuela desista de acciones que afecten el desarrollo económico de Guyana[49].
“… La Conferencia urge a Guyana y Venezuela a continuar la búsqueda de un arreglo pacífico de la controversia, de acuerdo con los términos del Acuerdo de Ginebra de 1966 para lograr una decisión final tan pronto como sea posible…”
3 de diciembre, el Ministerio de Relaciones Exteriores de Venezuela se dirige al Ministerio de Relaciones Exteriores de Guyana, mediante Nota Nº 00369, para referirse a la Nota I-2/0/757 entregada a la Embajada de Venezuela el 13OCT1982, sobre las acusaciones de que personal militar venezolano han protagonizado incursiones o violado el territorio fronterizo, en sectores que repetidamente ubica dentro del área en reclamación. Al concluir que los resultados de las indagaciones, permiten afirmar que las acusaciones guyanesas son infundadas; se expresa[50]:
“… El Gobierno de Venezuela tiene la certeza de que los soldados y el personal militar venezolano son respetuosos guardianes de la soberanía nacional, y su conducta está fundada en la observancia de los principios de buena vecindad entre las naciones y la solución pacífica de las controversias…”
1983
12 de marzo, durante la Séptima Reunión de Jefes de Estado y de Gobierno del Movimiento de los Países No Alineados, celebrado en Nueva Delhi, se adoptó el siguiente párrafo[51]:
“La Conferencia tomó nota de los esfuerzos que realiza el Gobierno de Guyana por consolidar su independencia y soberanía. Con relación a la reivindicación que postula Venezuela de más de dos terceras partes del territorio de Guyana recordó que el Protocolo de Puerto España expiró en JUN1982, y pidió una solución justa y pacífica de la controversia, basada en los principios expuestos en los párrafos 134 y 135 del Comunicado de la Reunión Ministerial del Buró de Coordinación, celebrada en La Habana en JUN1982, especialmente los que se refieren a la inadmisibilidad de la amenaza o el empleo de la fuerza, el arreglo de controversias y el respeto a la independencia, soberanía e integridad territorial, y en estricto acatamiento del Acuerdo de Ginebra de 1966.”
22 de marzo, Fue detenido y multado el pesquero guyanés TRINITY, por encontrarse pescando en aguas jurisdiccionales venezolanas, sin la autorización correspondiente[52].
28 de marzo, Guyana acepta la instancia del Secretario General de la O.N.U., como lo prescribe expresamente el Acuerdo de Ginebra. Este método de asistencia, seleccionado por el Secretario General de O.N.U., y aceptado por los Gobiernos de Venezuela y Guyana ha sido el resultado de un largo proceso de negociación. Vencido el Protocolo de Puerto España, Venezuela propuso a Guyana la negociación directa; la cual no aceptó y planteó, en un principio, el arreglo judicial; y más tarde propuso tres instancias para la selección de los medios de solución (Asamblea General de la O.N.U., Consejo de Seguridad o Corte Internacional de Justicia); lo cual Venezuela no aceptó y propuso la instancia del Secretario General de la O.N.U.
29 de marzo, El Ministro de Relaciones Exteriores de Guyana informa al Ministro de Relaciones Exteriores de Venezuela que acepta referir la decisión acerca del medio de solución al Secretario General de la Organización de las Naciones Unidas[53].
31 de marzo, El Secretario General de la O.N.U. Dr. Javier Pérez de Cuellar, acepta su intervención y se apresta a ejercer la responsabilidad que le ha sido conferida según el artículo IV (2) del Acuerdo de Ginebra[54]. Se oficializó la intervención del Secretario General de la ONU[55]. Pérez de Cuellar designó a Diego Cordovez como su representante personal.
Los Buenos Oficios y la Controversia Territorial:
«Intento de uno o más Gobiernos Americanos, no partes de la controversia, o de uno o más eminentes ciudadanos de cualquier Estado Americano, no parte de la controversia, por reunir las Partes, de una manera que ellas mismas alcancen una solución adecuada entre ellas mismas.»
Pacto de Bogotá, Solución Pacífica de las Controversias 30-abril-1948
23 de mayo, Nota Nº GM-95 del Ministro de Relaciones Exteriores, Dr. José Alberto Zambrano Velasco, al Ministro de Relaciones Exteriores de Guyana, Sr. Rashleigh Jackson, relativa a la nueva etapa de la controversia[56].
”En esta ocasión, en momentos en que la controversia territorial pendiente entra en una nueva etapa, me complace reiterarle la inalterable disposición del Gobierno de Venezuela para cumplir fielmente y requerir el cumplimiento del Acuerdo de Ginebra, en el convencimiento de alcanzar por esa vía una solución satisfactoria para el arreglo práctico de la controversia, de modo que la misma quede amistosamente resuelta, en forma aceptable para ambas partes, tal como hemos convenido por dicho Tratado.”
3 de junio, El Comité de Ministros responsables por los asuntos exteriores del CARICOM, reunidos en Antigua expidieron un Comunicado expresando satisfacción por cuanto los gobiernos de Guyana y Venezuela habían seguido los procedimientos establecidos en el Acuerdo de Ginebra y reiteraban su posición referente a la santidad de los Tratados y la solución pacífica de las controversias[57]:
“… Al reiterar su posición sobre la santidad de los Tratados y sobre la necesidad de respetar las fronteras bien definidas y demarcadas, el Comité urge a las partes para que actúe totalmente en concordancia con el Acuerdo de Ginebra con el fin de lograr un arreglo justo y pacífico de la controversia sobre las bases de los principios reconocidos internacionalmente, especialmente aquellos relacionados a la inadmisibilidad de la amenaza o el uso de la fuerza en el arreglo de las disputas y el respeto por la independencia, soberanía e integridad territorial.”
9 de julio, La reunión de los Jefes de Gobierno del CARICOM, realizada en Trinidad – Tobago, reiteró la posición del 18NOV1982 (Reunión de Jamaica)[58].
21 al 24 de agosto, Diego Cordovéz Subsecretario de la ONU visita Venezuela y posteriormente a Guyana, como Representante Personal del Secretario General de la ONU[59].
5 de octubre, Párrafo adoptado en la Reunión de Ministros y Jefes de Delegación del Movimiento de los Países No Alineados, celebrada en Nueva York[60]:
“Los Ministros y Jefes de Delegación examinaron los hechos relacionados con la controversia surgida entre Guyana y Venezuela, a consecuencia de la afirmación del Gobierno de Venezuela de que el Laudo de 1899, sobre cuya base se estableció la frontera entre Guyana y Venezuela, era nulo y sin valor. Observaron con satisfacción las seguridades absolutas dadas por el Gobierno de Venezuela de que no recurriría a la fuerza como medio de arreglar la controversia. Observaron igualmente, que de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo de Ginebra de 1966, Guyana y Venezuela habían encomendado al Secretario General de las Naciones Unidas la elección de los medios para el arreglo de la controversia. Asimismo, expresaron la esperanza de que ningún Estado pusiera impedimentos al desarrollo económico de Guyana.”
3 de diciembre, El Comité de Ministros responsables por los Asuntos Exteriores del CARICOM, reunidos en Antigua expidieron un Comunicado expresando satisfacción por cuanto los Gobiernos de Guyana y Venezuela habían seguido los procedimientos establecidos en el Acuerdo de Ginebra y reiteraban su posición referente a la santidad de los tratados y la solución pacífica de las controversias[61]:
“… Al reiterar su posición sobre la santidad de los tratados y sobre la necesidad de respetar las fronteras bien definidas y demarcadas, el Comité urge a las Partes para que actúen totalmente en concordancia con el Acuerdo de Ginebra con el fin de lograr un arreglo justo y pacífico de la controversia sobre las bases de los principios reconocidos internacionalmente, especialmente aquellos relacionados a la inadmisibilidad de la amenaza o el uso de la fuerza en el arreglo de las disputas y el respeto por la independencia, soberanía y integridad territorial.”
REFERENCIA:
http://bibliografilaguayanaesequibacom.blogspot.com/2011/12/los-papeles-de-alejo-fortique.html
http://esequibonuestro.blogspot.com/2011/10/el-laudo-arbitrario-de-paris-3-de.html
http://www.scielo.org.ve/scielo.php?pid=S1012-25082002000100006&script=sci_arttext
[1] Fuente: Odeen Ishmael, Op cit, Chapter 29, pag. 6.
[2] Fuente: M.R.E., Boletín Nº 5 del Archivo de la Casa Amarilla, 1998, pag. 421.
[3] Fuente: M.R.E., Boletín Nº 5 del Archivo de la Casa Amarilla, año 1998, pag. 421.
[4] Fuente: M.R.E., Libro Amarillo 1981, pag. 819.
[5] Fuente: Ibid, pag. 422.
[6] Fuente: M.R.E., Boletín Nº 5 del Archivo de la Casa Amarilla, pag 372.
[7] Fuente: Odeen Ishamel, Op cit, Part six, Chapter 32, pag. 22.
[8] Fuente: M.R.E., Boletín Nº 5 del Archivo de la Casa Amarilla, año 1998, pags 377 y 378.
[9] Fuente: M.R.E., DGSF, CONC97A/25NOV97.
[10] Fuente: Odeen Ishmael, The Trail of Diplomacy, A. Documentary History of the Guyana – Venezuela, Border, Issue, Chapter 34, pag. 23.
[11] Fuente: M.R.E., La Reclamación Esequiba, Documentos 1981 – 1982 – 1983, Caracas, 1984, pag. 76.
[12] Fuente: M.R.E., Boletín Nº 5 del Archivo de la Casa Amarilla, año 1998, pag. 422.
[13] Fuente: M.R.E., La Reclamación Esequiba, Documentos, Caracas 1984, pag. 86.
[14] Fuente: Odeen Ishmael, The Trail of Diplomacy, Part Seven, Chapter 37, pag. 31.
[15] Fuente: M.R.E., Libro Amarillo 1982, pag. 929.
[16] Fuente: Odeen Ishmael, The Trail of Diplomacy, A Documentary History of the Guyana. Venezuela Border Issue, Part. seven, Chapter 37, pag. 33.
[17] Fuente: M.R.E., La Reclamación Esequiba, Documentos, Caracas 1984, pags. 101,102 y 103.
[18] Fuente: M.R.E., Libro Amarillo 1981, pag. 823.
[19] Fuente: M.R.E., La Reclamación Esequiba, Documentos, 1984, pag. 23.
[20] Fuente: Ibid, pag. 25:
[21] Fuente: M.R.E., Libro Amarillo 1982, pag. 931.
[22] Fuente: M.R.E., Libro Amarillo 1982, pag. 931.
[23] Fuente: M.R.E., Boletín Nº 5 del Archivo de la Casa Amarilla, año 1998, pag. 393.
[24] Fuente: Odeen Ishmael, Op cit, Chapter 38, pag. 6.
[25] Fuente: M.R.E., La Reclamación Esequiba, Documentos, Caracas 1984, pag. 111.
[26] Fuente: M.R.E., Unidad Especial de Guyana, DOCPR-TE-123, 15JUL1999.
[27] Fuente: M.R.E., Libro Amarillo 1982, pag. 932.
[28] Fuente M.R.E., Libro Amarillo 1982, pag. 933.
[29] Fuente: M.R.E., Libro Amarillo 1982, pag. 856.
[30] Fuente: M.R.E., Libro Amarillo 1982, pag. 871.
[31] Fuente: M.R.E., La Reclamación Esequiba, Documentos, Caracas 1984, pag. 118.
[32] Fuente: M.R.E., Libro Amarillo 1982, pag. 881.
[33] Fuente: Odeen Ishmael, The Trail of Diplomacy, A Documentary History of the Guyana – Venezuela Border Issue, Part eight, Chapter 42, pag. 39.
[34] Fuente: Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nº 32515.
[35] Fuente: M.R.E., la Reclamación Esequiba, Documentos, 1984, pag. 119.
[36] Fuente: M.R.E., Boletín Nº 5 del Archivo de la Casa Amarilla, año 1998, pag. 423.
[37] Fuente: M.R.E., Reclamación de la Guayana Esequiba, Documentos, Caracas 1984, pag. 125.
[38] Fuente: Odeen Ishmael, the Trail of Diplomacy, A. Documentary History of the Guyana – Venezuela Border Issue, Part nine, Chapter 43, pag. 5.
[39] Fuente: M.R.E., La Reclamación Esequiba, Documentos, Caracas 1984, pag 128.
[40] Fuente: M.R.E., Unidad Especial de Guyana, DOCPRT-E-108, 25ENE1999.
[41] Fuente: M.R.E., Libro Amarillo 1982, pag. 906.
[42] Fuente: M.R.E., La Reclamación Esequiba, Documentos, Caracas 1984, pag. 138.
[43] Fuente: Ibid, pag. 141.
[44] Fuente: M.R.E., Libro Amarillo 1982, pag. 936.
[45] Fuente: M.R.E., La Reclamación Esequiba, Documentos, 1984, pag. 145.
[46] Fuente: M.R.E., Unidad Especial de Guyana, DOCPR-TE-123, 15JUL1999.
[47] Fuente: M.R.E., La Reclamación Esequiba, Documentos, Caracas 1984, pag 147.
[48] Fuente: Embajada de Venezuela en Guyana, Nota Nº III.OI.C4/206, 25ABR2000.
[49] Fuente: Odeen Ishmael, Op cit, Chapter 43, pag. 13.
[50] Fuente: M.R.E., Libro Amarillo 1982, pag. 937.
[51] Fuente: M.R.E., Unidad Especial de Guyana, DOCPR-TE-123, 15JUL1999.
[52] Fuente: M.R.E., Libro Amarillo 1983, pag. 993.
[53] Fuente: M.R.E., La Reclamación Esequiba, Documentos, Caracas 1984, pag. 153.
[54] Fuente: Ibid, pag. 153.
[55] http://esequibo.mppre.gob.ve/index.php/capitulo-v/15-articulos/36-los-buenos-oficios-y-la-contorversia-territorial
[56] Fuente: M.R.E., Reclamación del Territorio Esequibo, Documentos 1984, pag. 155.
[57] Fuente: Odeen Ishmael, Op cit, Part Nine, Chapter 44, pag. 16.
[58] Fuente: Odeen Ishmael, Op cit, Part Nine, Chapter 44, pag. 18.
[59] Fuente: M.R.E., Unidad Especial de Guyana, DOCPR-TE-108, 25ENE1999.
[60] Fuente: M.R.E, Unidad Especial de Guyana, DOCPR-TE-123, 15JUL1999.
[61] Fuente: Odeen Ishamel, Op cit, Part Nine, Chapter 44, pag. 16.